Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº847/2019

Decreto Nº 847/2019

Hipólito Yrigoyen, 30/08/2019

Visto

Las actuaciones del expediente administrativo Nº 4057-2515/18, en las cuales el Sr. Facundo M. Arcona Heredia solicita la autorización de uso o cesión con respecto a una parcela dentro del Aeródromo Provincial de Henderson, 

Considerando

Que la Disposición  27/18 de la Dirección Aeroportuaria de la Provincia de Buenos Aires, otorga al  Sr. Facundo M. Arcona Heredia un permiso de uso precario por el término de cinco años, de un espacio dentro del Aeródromo Provincial de Henderson, para la instalación de un Aerotaller.-

Que mediante convenio de fecha 02 de Agosto  de 2018, celebrado entre la Comuna y la Dirección Aeronáutica Provincial,  se designa depositaria a la primera de las instalaciones del Aeródromo Provincial de Henderson, con la consiguiente facultad del Municipio de explotar comercialmente las áreas libres, cobrar cánones por la instalación de hangares privados, y todo otro servicio o concesión relacionada según normativa vigente.-  

Que por disposición 04/10, 07/07, 02/12 y 03/18 de la Dirección se establece el canon mensual y la forma de determinación del mismo.-

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN  

ARTÍCULO PRIMERO: AUTORICESE la celebración entre la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen y Sr. Facundo M. Arcona Heredia, de un acuerdo, a beneficio de la misma, de contribución por uso una fracción de tierra  asignada perteneciente al Aeródromo Provincial Henderson, conforme clausula segunda del presente.-

ARTICULO SEGUNDO: ASIGNESE al Sr. Facundo M. Arcona Heredia una fracción de denominación catastral: Circunscripción V-Parcela 307 b- Partida Inmobiliaria: 119-4174-0, con una superficie total de CUATROCIENTOS metros cuadrados (400 m²), la que surge de las aéreas especificadas en el ANEXO 1, que  forma parte integrante del presente.-

ARTICULO TERCERO: FIJESE un canon fijo mensual sobre la fracción de tierra, asignada perteneciente al Aeródromo Provincial Henderson, el cual la empresa contribuyente abonará a través de la  Tesorería Municipal, conforme lo establecido en el Art. 2º de la Disposición DPAO 02/12 y PA Nº 03/18, por un valor de $ 1250 cada 100 mt. cuadrados,  valor de la unidad de medida prevista en el Art. 1º de la Disposición DPAO Nº 7/07.-

ARTICULO CUARTO: FIJESE el acuerdo por  un  termino de CINCO (5) AÑOS, contados a partir del mes de Enero del corriente,  fecha de la notificación de la disposición Nº 27/18 de la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial  y Planificación Aeroportuaria de la Provincia de Buenos Aires, que otorga el permisión de uso precario al contribuyente,  debiendo el usuario solicitar por escrito la renovación o prorroga del mismo, ante la  autoridad de aplicación, con una anticipación no menor a sesenta (60) días de vencimiento  del plazo según  resolución.

ARTICULO QUINTO: DESE intervención a la Secretaria de Asuntos Legales y Seguridad, posteriormente a la Dirección de Ingresos Públicos y a la Contaduría para dar cumplimiento a lo ordenado en el presente. -

ARTICULO SEXTO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.

        Ignacio, Pugnaloni                                                                                 Martín, Arpigiani

                  Intendente Municipal                                                               Secretario de Gobierno y Hacienda