Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4978/19

Ordenanza Nº 4978/19

Trenque Lauquen, 20/09/2019

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La Ordenanza Nº 4733/2017 autorizó la venta de varios lotes de terreno de propiedad municipal, habiéndose realizado 02 subastas. En la primera se vendieron 02 lotes: en el Barrio Parque y otro en el Loteo de Argentino, en la segunda no hubo postores.

Si bien la autorización se mantiene vigente, entiende este Departamento Ejecutivo que para una nueva subasta deben adecuarse las bases, no solo tomando en cuenta los valores, sino también las condiciones de mercado.

Por ello se solicitó al Colegio de Martilleros Departamental una nueva tasación y estimación de bases para que las transferencias se concreten.

Por ello se propicia la aprobación de la presente norma (Exp. N° 6400/17 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Modifícase al Artículo 3º de la Ordenanza Nº 4733/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: “…En ningún caso las bases de la subasta podrán ser inferiores a las que se indican a continuación:

  1. Para los inmuebles identificados en el Artículo 1º - Incisos a), b), c), d) y e) (Chacra 258 – Loteo de Argentino), fíjase como base las 2/3 partes de su tasación, es decir el equivalente en Pesos a Dólares Estadounidenses U$S 25.333,33.

  2. Para el inmueble identificado en el Artículo 1º - Inciso g) (Quinta 104 – Loteo Facchino), fíjase como base las 2/3 partes de su tasación, es decir el equivalente en Pesos a Dólares Estadounidenses U$S 25.333,33.

Para la determinación de la base se tomará la cotización del dólar tipo vendedor, cotización del día anterior a la fecha del Decreto que dispone la venta.

Artículo 2º.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 2011/19 – 27/09/19

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.