Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1607/19
Magdalena, 27/09/2019
Visto
Los Decretos Nº 21/2018 HCD, Nº 22/2018 HCD, Nº 29/2018 HCD, Nº 33/2018 HCD, Nº 51/2018 HCD, Nº 1496/2018 y Nº 2054/2018 DE, y;
Considerando
Que en el proceso de elaboración, firma, registro y rubrica de los mismos se han verificado errores y/u omisiones materiales involuntarios.
Que tales errores u omisiones materiales involuntarios, se refieren a la falta de rubrica en algunos actos o a situaciones de rubrica que es necesario realizar o ante casos con información equivoca involuntaria de cargado informático.
Que así se aprecia la falta de acto administrativo emanado del Departamento Ejecutivo y su correspondiente rúbrica por las modificaciones presupuestaria decretadas por el Honorable Concejo Deliberante mediante Decretos Nº 21/2018 HCD, Nº 22/2018 HCD, Nº 29/2018 HCD, Nº 33/2018 HCD y Nº 51/2018 HCD.
Que los Decretos del Honorable Concejo Deliberante no son rubricados, y que es deber del Departamento Ejecutivo rubricar solamente lo que hace a sus actos administrativos.
Que otro inconveniente detectado refiere a la rubrica del Decreto nº 1496/2018 DE que contenía información equivoca involuntaria al momento de la redacción del mismo.
Que habiéndose detectado estos errores materiales involuntarios, corresponde un acto de igual jerarquía se proceda a la subsanación de los mismos.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 de la Ley Orgánica de la Municipalidad Decreto-Ley 6769/58.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA, en uso de sus atribuciones:
D E C R E TA
ARTÍCULO 1°: Proceder a la convalidación de las modificaciones presupuestarias realizadas en de acuerdo a lo decretado por el Honorable Concejo Deliberante en los Decretos conforme el detalle que a continuación se consigna:
ARTICULO 2º: Subsanar el error del monto en el Decreto nº 1496/2018 de fecha 14 de septiembre de 2018, quedando el mismo”Transferencia de $ 907.000,00”…coincidiendo con lo registrado en el sistema R.A.F.AM.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr., Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, notifíquese dése las actuaciones al registro Municipal, al Boletín Oficial y archívese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobiern