Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1606/19
Magdalena, 27/09/2019
Visto
El expíe letra D Nº 514/19, LA Ordenanza N° 3623/19 y Decreto 771/19, sobre implementación del Banco de Materiales y;
Considerando
Que a fs 35 del citado Expediente, La Dirección de Desarrollo Humano Educación y Familia plantea la necesidad de incorporar la figura del Garante para aquellas familias que no registren ingresos y no tienen recibos de sueldo.
Que por lo tanto resulta necesario dictar el acto administrativo reglamentario de tal situación
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Incorpórese la figura del Garante para aquellas familias y/o personas que accedan al Banco de Materiales y que trabajen en forma independiente, no tengan recibo de sueldo, y presenten declaración jurada de ingresos realizada ante el juzgado de paz, y que quieran devolver la ayuda financiera con dinero en efectivo.-
ARTÍCULO 2º: El Garante deberá acreditar a través de recibos de sueldo la capacidad de pago.-
ARTÍCULO 3º: El seguimiento de cobrabilidad estará a cargo de la Dirección de Rentas la que tendrá la facultad de realizar las acciones administrativas y legales que crea conveniente
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Rodolfo S Tata.-
ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno