Boletines/Magdalena

Decreto Nº1589/19

Decreto Nº 1589/19

Magdalena, 24/09/2019

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra i Nº 679/19, referente al Llamado a Licitación Pública para adjudicar la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES, EQUIPOS NECESARIOS PARA LA REFACCION Y EJECUCION DEL INMUEBLE DONDE FUNCIONARA LA COMISARIA DE LA MUJER Y LA FAMILIA, Y LA CONSTRUCCION DE VIVIENDA REFUGIO, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, y

Considerando

Que, a Fs. 61 por Decreto Nº 714/19 del presente año, se llamo a Licitación Publica por la suma de PESOS CINCO MILLONES CON 00/100 CVOS ($ 5.000.000,00).-

Que, en el Acto de Apertura del Acto Licitatorio con fecha Mayo 30 del corriente año, oferto una sola (1) empresas del ramo: SERVICIOS Y GESTION SA de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación.

Que, a Fs. 344 obra Decreto 948/19 donde se DESESTIMA la Oferta presentada por al Firma/Empresa Servicios y Gestión SA por ser un 67% superior al monto presupuestado.

Que, a Fs. 349 por Decreto 952/19 Secretaria de Hacienda solicita se realice un Segundo Llamado.

Que, en el Acto de Apertura del Acto Licitatorio con fecha Julio 11 del corriente año, ofertaron dos (02) empresas del ramo: Konal SA y Tornes Constructora S.A., cuya documentación presentada reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 671 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por el Oferente Konal SA.

Que, a Fs. 673 obra Decreto 1377/19 donde se adjudica a la Empresa/Firma Konal SA.

Que, a Fs. 677 la Empresa adjudicataria presente Nota de Desistimiento donde debido a la brusca variación de los precios, y el aumento significativo de los costos de los materiales.

Que, a Fs. 680 obra el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal, avalando dicha Desistimiento.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 681 donde considera que resulta también conveniente a los intereses municipales la Segunda Oferta, presentada por el Oferente Tornes SA. considerando los precios ofertados con las variaciones del mercado.

Que, a Fs. 681 obra el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal, avalando dicha adjudicación.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

 

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL  de MAGDALENA en uso de sus facultades,           

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º.: ACEPTESE LA RENUNCIA Y DEJESE SIN EFECTO LA OFERTA presentada por la Firma/Oferente KONAL SA presentada en la Licitación Publica, para adjudicar la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES, EQUIPOS NECESARIOS PARA LA REFACCION Y EJECUCION DEL INMUEBLE DONDE FUNCIONARA LA COMISARIA DE LA MUJER Y LA FAMILIA, Y LA CONSTRUCCION DE VIVIENDA REFUGIO, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES” en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PUBLICA Nº 10/19 (SEGUNDO LLAMADO).-

ARTICULO 2º: ADJUDICASE el llamado a LICITACIÓN PUBLICA para adjudicar la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES, EQUIPOS NECESARIOS PARA LA REFACCION Y EJECUCION DEL INMUEBLE DONDE FUNCIONARA LA COMISARIA DE LA MUJER Y LA FAMILIA, Y LA CONSTRUCCION DE VIVIENDA REFUGIO, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, a la Empresa TORNES S.A. (CUIT Nº 33-71417789-9), por una suma total de PESOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL CON 00/100 CVOS ($ 7.905.000,00); en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PUBLICA Nº 10/19 (SEGUNDO LLAMADO).-

ARTICULO 3º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23/53, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privada” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019.-

ARTICULO 4º.: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 5º.: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

 

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda