Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1621/19

Decreto Nº 1621/19

Trenque Lauquen, 25/07/2019

1621-19 Reserva Espacio Estacionamiento  Varios Inmuebles PODER JUDICIAL

Visto

La nota presentada por la Delegación de Arquitectura Dpto. Judicial de Trenque Lauquen Arquitecta Verónica Colareda, quien solicita que se establezca un estacionamiento reservado en los domicilios de Belgrano Nº 430 (Juzgado Correccional Nº 2) - 9 de Julio N 54 (Edificio Central) y Uruguay Nº 47 (Edificio Central); Expedientes Nº 1.808/19; y,

Considerando

Que la Ordenanza 4.042/13 establece las pautas para disponer a nivel local, el uso del espacio público destinado al estacionamiento de automotores;

Que visto el fundamento de la solicitud, corresponde encuadrar la misma en las previsiones del artículo 6º de la Ordenanza referida.-

Que conforme dice la nota presentada, la petición está orientada a facilitar el ascenso y descenso de personas citadas a comparecer, que son trasladadas con móviles policiales y/o del servicio penitenciario.-

Que la petición debe ser resuelta favorablemente, si bien de modo excepcional, asumiendo el compromiso de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;

Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con la entrada principal del domicilio del lugar de ingreso de las personas que deben concurrir y acotado al horario de atención al público de la repartición, que deberá constar la señalización vertical correspondiente.-

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º: Concédase al PODER JUDICIAL; un espacio reservado para el estacionamiento exclusivo frente a la entrada principal de los domicilios ubicados en calle Belgrano Nº 430 (Juzgado Correccional Nº 2) – 9 de Julio Nº 54 (Edificio Central) y Uruguay Nº 47 (Edificio Central) de Trenque Lauquen; por las razones expuestas en los Considerandos precedentes. El mismo caducará automáticamente si cesara la situación fáctica que justifica la concesión.-

ARTICULO 2º: Dicho espacio tendrá una extensión lineal de hasta seis metros (6 m) contados sobre el frente del edificio, pudiendo excederlo hasta totalizar dicha medida. El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido estacionar. Decreto Nº 1.621/19” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.-

Asimismo en la señalización vertical deberá constar el horario de la restricción, el que será coincidente con el horario de atención al público de la repartición.-

ARTICULO 3º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.-

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen