Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5401/19
Chascomús, 26/09/2019
VISTO:
La necesidad de fortalecer el compromiso de la Ciudad de CHASCOMÚS con el cuidado del ambiente y, en particular, con la limpieza y protección de la Laguna de Chascomús y su sistema de encadenadas; y
CONSIDERANDO:
Que el partido de Chascomús se distingue por poseer una riqueza fluvial y lacustre admirable.
Que de dicha riqueza se destaca la cantidad de lagunas existentes, siendo su principal exponente la Laguna de Chascomús.
Que alrededor de Laguna de Chascomús se encuentra emplazada nuestra Ciudad y, por presentarse como un destino amigable con la naturaleza y la vida al aire libre, se desarrolla gran parte de la actividad turística recibida por lo que, el espejo de agua y su entorno, se erigen como zonas fundamentales y necesarias de preservar de la contaminación.
Que el cuidado de la riqueza natural trasciende al marco local y se constituye en un verdadero compromiso con la salud y la vida.
Que, asimismo, fortalecer y proclamar institucionalmente la armonía con la naturaleza resulta social y económicamente ineludible.
Que, en ese marco, el Estado debe renovar su compromiso en la lucha contra la contaminación, para planificar el desarrollo local sostenible, con una perspectiva innovadora y pensando en el futuro.
Que vale tener presente que la contaminación puede ser provocada por sustancias químicas y/o energía (esto es, residuos o desechos gaseosos, líquidos y/o sólidos, malos olores, ruido, luz, etc).
Que dictar, mantener, actualizar y aplicar normas que promuevan el cuidado ambiente, son herramientas imprescindibles fortalecer los derechos ambientales de la sociedad.
Que el 7 de octubre es el día del agua por lo que es adecuado pensar que en el mes de octubre se realicen diferentes actividades para cuidar nuestras lagunas.-
Que, en este sentido resulta imprescindible también fortalecer la educación y conciencia públicas con relación a los factores de contaminación y los daños que ésta produce.
Que para ello, la realización de actividades, talleres, jornadas en las diferentes instituciones y organismos de los niveles del estado articulen propuestas es muy necesario.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Designase al día 21 de Octubre como "Día de las Lagunas Limpias”. En dicha fecha, el Departamento Ejecutivo deberá promover jornadas que contribuyan al cuidado y la limpieza de las lagunas de Chascomús, su zona costera y alrededores.-
ARTICULO 2°.- Ínstese al Ejecutivo Municipal a invitar y promover la participación de todas las instituciones educativas, culturales y deportivas existentes en el distrito, para que participen activamente en las jornadas que en cada caso se establezcan.-
ARTICULO 3°.- La Dirección de Desarrollo Sustentable será la encargada de destinar los recursos para la realización de las jornadas de renovación y concientización del compromiso de la comunidad con el cuidado del ambiente.-
ARTICULO 4º.- De forma.-