Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº869/2019

Decreto Nº 869/2019

Hipólito Yrigoyen, 04/09/2019

Visto

Las actuaciones del expediente administrativo N° 4057-501/19, mediante el cual la Dirección de Asuntos Legales y Seguridad solicita el  financiamiento para la puesta en valor del Edificio del Centro de Estudiantes Universitarios de Henderson en la ciudad de La Plata.

Considerando

Que en fecha 13 de julio de 2018, la Comuna solicita al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires financiamiento del proyecto denominado Puesta en Valor Edificio Centro de Estudiantes Universitarios de Henderson en la ciudad de La Plata” en el marco del Programa Provincial de Desarrollo.-

Que el Honorable Concejo deliberante local sanciona la Ordenanza Nº 25/19 relativa a la Autorización al Departamento Ejecutivo a concretar un préstamo con la provincia de Buenos Aires, promulgada por Decreto 641/19.-

Que en dicho marco,  en fecha 11 de julio de 2019 el Ejecutivo Municipal suscribe con la Subsecretaria de Política y Coordinación Económica el convenio de préstamo a efectos de ejecutar el mentado programa.-  

Que por su parte, la Ley Orgánica para las Municipalidades establece en el art. 283 bis la actualización de los valores  que rigen en relación a los artículos 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 de la misma.-

Que previamente la Dirección de Compras y  Secretaria de Asuntos Legales y Seguridad se ha expedido en cuanto al procedimiento para la adquisición, comprendiéndose conforme lo prescribe el art. 133,  y 283 bis  de la Ley Orgánica para las Municipalidades, correspondiendo llamar a Licitación Privada.-

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere  EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN  

ARTÍCULO PRIMERO: LLAMESE  A LICITACION PRIVADA  Nº   04 / 2019,  para la contratación para la ejecución de la obra Puesta en Valor Edificio Centro de Estudiantes Universitarios de Henderson en la ciudad de La Plata” - Proyecto N° 05702- Municipio de Hipólito Yrigoyen.-

ARTICULO SEGUNDO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día  16   de Septiembre  de 2019, a las 11.30  hs. en la Oficina de Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.

ARTICULO TERCERO: FÍJESE de fecha de entrega  de propuestas hasta el día  16  de  Septiembre    de  2019  inclusive, hasta el horario de 11.00 hs, en la mesa de entradas de la Municipalidad.

ARTICULO CUARTO: Establézcase como presupuesto Oficial la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON DIECISEIS CTVOS ($ 2.598.641,16).

ARTÍCULO QUINTO: Las ofertas deberán cumplimentar con los requisitos detallados en los Pliegos

de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo I forma parte del presente.  Los Oferentes deberán presentar los Documentos que integren su propuesta en un sobre cerrado, debidamente firmado y consignando en el mismo los siguientes elementos:

  • Denominación y objeto del llamado a Licitación.
  • Lugar, fecha y hora de apertura del sobre de  la Oferta.
  • Nombre, razón social, domicilio y teléfono del Oferente.-

ARTÍCULO SEXTO: ESTABLEZCANSE los siguientes requisitos de presentación de cotización, como así también los establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares: a) Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. b) La formulación de la oferta implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones pactadas en el presente Decreto, los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y su sometimiento a todas sus disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad.  c) Las ofertas deberán confeccionarse en forma clara y precisa, y deberán presentarse en el formulario que al efecto extienda la Dirección de Compras o de la forma que la misma lo establezca y conforme los Anexos I y II de las clausulas particulares de los Pliego de Bases y Condiciones. d) Toda la documentación que integre la oferta o precio deberá estar foliada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso. Si se trata de una persona jurídica, la oferta la deberá realizar el representante legal de la sociedad  o apoderado con poder especial o general de administración. Asimismo se deberá acompañar la respectiva documentación a saber: contrato social, y acta de designación del representante, y copia de los instrumentos mencionados ut supra que acrediten el mandato, si correspondiere. e) Toda raspadura, tachadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los oferentes, en caso contrario la oferta será rechazada.  f)  La cotización deberá efectuarse en pesos, deberá especificar el precio unitario del bien, en números y letras y en números por el total general de la propuesta. De existir discrepancias entre números y letras, prevalecerá el monto expresado en letras. Los precios unitarios cotizados, serán expresados en pesos con dos decimales. g) A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Comitente actúa como Consumidor Final.

ARTÍCULO SEPTIMO: Las propuestas se abrirán  el día y en la hora indicada, en presencia de las autoridades correspondientes e interesados que concurran, labrándose acta que será firmada por los representantes de la Municipalidad y demás asistentes del acto de apertura que así lo deseen. Si el día fijado para la apertura de sobres fuera feriado o lo declarasen asueto administrativo, el acto tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora.

ARTICULO OCTAVO: La Municipalidad de Hipólito Yrigoyen no reconocerá ningún cargo por ningún concepto, más allá de los precios cotizados. Todos los aranceles, tasas, fletes y aranceles o impuestos para inscripciones en los pertinentes registros de propiedad, y otros gastos involucrados, correrán por cuenta exclusiva de los Oferentes o de los  Adjudicatarios, según corresponda.

ARTICULO NOVENO: La adjudicación se efectuará conforme la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad y los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, en consecuencia, la autoridad facultada para contratar podrá rechazar las propuestas o adjudicar, conforme a la mencionada normativa, sin que esto dé derecho alguno a los Oferentes cuyas propuestas fueron rechazadas. 

ARTICULO DECIMO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto Nº 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado. - 

ARTICULO DECIMO PRMERO: Dese intervención a la Dirección de Compras, a efectos de proceder a dar cumplimiento al llamado a Licitación Privada, y posteriormente al resto de las áreas intervinientes. 

ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Regístrese, notifíquese, comuníquese y cumplido archívese.

        Ignacio, Pugnaloni                                                                                 Martín, Arpigiani

                  Intendente Municipal                                                               Secretario de Gobierno y Hacienda

Anexos

anexo I

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LICITACIONES PÚBLICAS NACIONALES POR AJUSTE ALZADO

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