Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 898/2019
Hipólito Yrigoyen, 11/09/2019
Visto
Las condiciones macroeconómicas actuales del país, (respecto de las cuales el Partido de H. Yrigoyen no resulta ajeno), las cuales dan cuenta de un crecimiento generalizado en los precios de los distintos productos y servicios básicos destinados al consumo y mantenimiento de los estándares de vida, es decir la inflación, la cual ha sido definida oportunamente por el gobierno Nacional, y cuya principal consecuencia es la pérdida de poder adquisitivo de los salarios; y
Considerando
Que esta pérdida de poder adquisitivo real amerita que el D.E.M. evaluara la necesidad de adecuar los valores de los sueldos básicos de la totalidad del personal que conforma la plan municipal;
Que una adecuación salarial permitirá acercar los valores actuales de los salarios a los valores justos, necesarios;
Que la jerarquización y capacitación del personal municipal es parte de las políticas activas de la actual administración, en concordancia con lo expresado públicamente en la plataforma electoral que ha permitido alcanzar el Gobierno a esta Gestión;
Que el financiamiento del mayor gasto que implica el ajuste salarial, se financiará con una mayor optimización de los recursos que conforman el Presupuesto general de Recursos y Gastos 2019 aprobado por Ordenanza 58/18 y lo dictaminado por Ordenanza 57/18 Complementaria del Presupuesto y promulgado mediante Decreto 015/19, y conforme al art. 120 y 121 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que por todo lo expuesto, se considera atendible el reclamo y necesario adecuar el monto de las remuneraciones que se abonan en esta Municipalidad.
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPÓLITO YRIGOYEN
Articulo 1°): OTORGUESE con retroactividad al 1° de Septiembre de 2019, un AUMENTO SALARIAL para el personal permanente y temporario municipal, personal jerárquico, Departamento Ejecutivo y Honorable Concejo Deliberante, en un porcentaje del diez (10) por ciento (%) con base en el sueldo básico del mes de Mayo de 2019.-
Articulo 2°): ESTABLEZCASE que dicho aumento se otorgara de acuerdo al esquema de escala salarial que se detalla a continuación:
BASICOS PERSONAL SUPERIOR Y JERARQUICO
INTENDENTE 85.436,30
SECRETARIO 21.037,89
CONTADOR 21.037,89
TESORERO 18.636,61
CONCEJAL 21.359,08
SUBCONTADOR 16.235,30
DIRECTOR DE INFORMATICA 16.235,30
DIRECTOR DE PRESUPUESTO 16.235,30
DIRECTOR DE INGRESOS PUBLICOS 16.235,30
DIRECTOR DE GESTION Y PLANEAMIENTO 16.235,30
DIRECTOR DE CATASTRO 16.235,30
DIRECTOR DE PERSONAL 16.235,30
DELEGADO DE HERRERA VEGAS 16.235,30
DIRECTOR DE CULTURA 16.235,30
DIRECTOR DE PRENSA Y DIFUSION 16.235,30
DIRECTOR DE HOSPITAL 16.235,30
DIRECTOR DE SALUD 16.235,30
DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS 16.235,30
DIRECTOR DE BROMATOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE 16.235,30
DIRECTOR DE OBRAS Y SERVICIOS 16.235,30
DIRECTOR DE VIAL 16.235,30
DIRECTORA MEDICA DE SALUD DEL HOGAR SAN JOS 16.235,30
DIRECTOR DE BIENISTAR SOCIAL 16.235,30
DIRECTOR DE OFICINA DE DESARROLLO LOCAL 16.235,30
DIRECTOR DE PRODUCCION 16.235,30
SECRETARIO DE INFORMATICA 14.319,44
SECRETARIO DE ADMINISTRATIVO 14.319,44
SECRETARIO DE OFICINA DE GUIAS 14.319,44
SECRETARIO LEGAL 14.319,44
ADMINISTRADOR HOSPITAL 14.319,44
ADMINISTRADOR HOGAR SAN JOSE 14.319,44
JEFE DE COMPRAS 16.235,30
JEFE DE DESPACHO 14.319,44
JEFE DE OFICINA DE OMIC 14.319,44
JEFE DE CIRUGIA 14.319,44
JEFE DE ODONTOLOGIA 14.319,44
JEFE DE ELECTRICISTA 14.319,44
JEFE DE OBRAS PÚBLICAS 14.319,44
JEFE DE PRODUCCION 14.319,44
TECNICO 14.319,44
RESPONSABLE DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL 14.319,44
COORDINADOR DEL SERVICIO LOCAL 14.319,44
SUELDOS BASICO PLANTA PERMANENTE
CATEGORIA Reg. 6 hs. Reg. 8 hs
26 9.937,06 13.249,41
25 9.033,66 12.044,89
24 8.212,45 10.949,94
23 7.890,87 10.521,16
22 7.598,09 10.130,78
21 7.324,48 9.765,98
20 7.065.31 9.420,41
19 6.830,11 9.106,81
18 6.609,33 8.812,44
17 6.407,72 8.543,63
SUELDOS BASICO PLANTA TEMPORARIA
CATEGORIA Reg. 6 hs. Reg. 8 hs
JOR. DE 1º CAT. 235,16 313,54
JOR. DE 2º CAT. 225,56 300,75
Articulo 2°): Rectifíquese el Artículo 2° del Decreto N° 02/19, incorporándose el cargo de Director de Prensa y Difusión, con la escala salarial siguiente: $ 13.737,56.----------------------------------------------
Articulo 3°): Rectifíquese el Artículo 2° del Decreto N° 562/19, incorporándose el cargo de Director de Prensa y Difusión, con la escala salarial siguiente $ 14.986,43.-----------------------------------------------
Articulo 4°): EFECTUENSE las adecuaciones presupuestarias pertinentes para cumplimentar lo normado en el presente Decreto.-
Articulo 5°): DESE intervención al Honorable Concejo Deliberante local para la convalidación.-
Articulo 6°): DESE intervención a la Contaduría Municipal, la Dirección de Presupuesto y Dirección de Personal para su conocimiento y cumplimiento de lo establecido precedentemente.-
Articulo 7°): COMUNIQUESE, Publíquese y cumplido archívese.-
Ignacio, Pugnaloni Martín, Arpigiani
Intendente Municipal Secretario de Gobierno y Hacienda