Boletines/Mercedes

Decreto Nº2428/2019

Decreto Nº 2428/2019

Mercedes, 02/10/2019

Visto

La adhesión a la Ley 14.547 efectuada por Ordenanza 7742. Y;

 

Considerando

Que por la ordenanza citada, la Secretaria de Control Urbano informa que conforme al relevamiento realizado en los depósitos municipales, se ha detectado un número muy importante de automotores, motocicletas y ciclomotores, que no han sido objeto de reclamo por los titulares registrales o terceros interesados.-

Que en su gran mayoría, la causa de secuestro se corresponde con infracciones a las normas de tránsito o contravenciones al Código Municipal de Faltas.-

Que ante la situación descripta, el Juez de Faltas efectivizó la aplicación de las herramientas provistas por la Ley Provincial 14.547, a través de la cual se faculta a las Municipalidades a impulsar el proceso de afectación de uso de vehículos aptos para circular.-

Que el procedimiento instituido por la Ley 14.547, ha establecido un mecanismo legal adecuado para dar una solución efectiva y concreta a la sobresaturación de vehículos y autopartes que permanezcan durante más de 6 meses depositados o abandonados en predios municipales  con motivo de las causales previstas en los incisos a) y b) del artículo 1º de la ley citada.-

Que se dio cumplimiento al procedimiento establecido en el art. 4 de la mentada Ley provincial, publicando edictos en Semanarios locales y en el Boletín Oficial Municipal, cuyo plazo ya ha fenecido.-

Que sin lugar a dudas, éste nuevo ordenamiento pretende ser una herramienta útil y ágil para atender necesidades de los municipios.-

Que las motocicletas destinadas a afectación al uso municipal, han sido sometidos a pericia por personal de las Plantas Verificadoras.-

Que de la verificación de las mismas, se establece la originalidad de sus codificaciones identificatorias.-

Que la autoridad de aplicación ha practicado la valuación que se requiere en el art. 8 de la ley 14547.-

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 2 de la Ley 14.547

Por ello; EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO MERCEDES EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS:

DECRETA:

ARTICULO 1º: AFECTESE al uso de ésta Municipalidad de Mercedes (B) las siguientes motocicletas que se encuentra en los depósitos municipales:

-YAMAHA SAV738595

-MONDIAL 1P52FMHB1244713

-HONDA SDH150FMG2D5808958

-JORDAN 1P52FMHBC050229

-MOTOMEL B028810

-BRAVA 162FMJB2624651

-YAMAHA E3HGE093210

-HONDA SDH157FMICB400974

ARTICULO 2º: Infórmese al Registro Nacional de la Propiedad Automotor del presente decreto y solicítese la documentación necesaria para la circulación y uso de las motocicletas del artículo 1º del presente Decreto.

Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en la página web oficial, sin perjuicio de su edición en el boletín oficial. Comuníquese. Dese al Digesto General. Fecho, archívese.-