Boletines/Mercedes

Resolución Nº445/2019

Resolución Nº 445/2019

Mercedes, 07/10/2019

Visto

El expediente N° 6122 del año 2018 caratulado: “GONZALEZ DANIELA JULIANA – S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que en oportunidad de presentar alegatos respecto de su inscripción para mejora habitacional otorgados por la Secretaría de Desarrollo Social, los peticionantes manifestaron que solicitaron material para la construcción de una vivienda en un sector del terreno de un familiar, no recibiendo materiales a la fecha.-

Que no se hizo mención alguna a las circunstancias que se encuentran informadas a la Secretaría de Desarrollo social respecto de que con fecha 10/12/2014 presentaron declaración jurada de cesión del terreno a nombre de Lopez Jesus Roberto y que la solicitud de construcción de vivienda estaba motivada a la existencia de cimientos.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de los Sres. GONZALEZ DANIELA JULIANA DNI 31.618.635 y LOPEZ JESUS ROBERTO DNI 29.912.612, por incumplimiento del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…)” atento detentar posesión de una fracción de terreno debidamente acreditada y probada en la solicitud de materiales en Desarrollo Social de la Municipalidad de Mercedes.-

Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-

Artículo 3°: Notifíquese con transcripción de los artículos 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267/80.-