Boletines/Mercedes

Resolución Nº467/2019

Resolución Nº 467/2019

Mercedes, 18/10/2019

Visto

Que en razón del Expediente N° 6412 del año 2018, por el que la Sra. VEGAS MARIA CRISTINA solicitó acceder al programa “Mi Terreno” y,

Considerando

Que en oportunidad de celebrarse el segundo sorteo la Sra. Vegas sale beneficiada como 27° titular. Atento a que luego de cada sorteo, existe la posibilidad de prestarse oposiciones con reserva de identidad, en legal tiempo y forma se presentó a cuyo fin se practicó informe socio ambiental a los fines de que se corroboren el cumplimiento de los requisitos. En dicha oportunidad, la trabajadora social Lic. Gisela Pompei manifiesta que recibieron ayuda de Mejoramiento Habitacional.-

Que en la entrevista también manifestaron que la vivienda se encuentra a nombre de la madre fallecida y que los herederos se encuentran tramitando la sucesión.-

Se desestimó la denuncia formulada, ya que de acuerdo a las verificaciones el inmueble sito en calle 54 N° 444 de Mercedes, no tendría relación alguna con la peticionante.

Que en el cruzamiento de datos con la Secretaría de Desarrollo Social, surge la ayuda por mejora habitacional concedida, siendo otorgada en la casa materna, heredada según constancias obrantes en el sistema, a lo que se libra cédula a la interesada para que en virtud del Aer. 56 de la Ord. Gral. 267/80 realice su descargo, y en este admite la entrega de materiales como así la circunstancia de tratarse de un inmueble heredado, a lo que se le solicita acompañe contrato de comodato respecto de los coherederos, no cumpliendo con tal carga a la fecha y habiendo transcurrido el plazo fijado a su efecto.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. VEGAS MARIA CRISTINA DNI 13.986.330, por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios. 3. No ser, ninguno de los integrantes del grupo familiar, beneficiarios de planes de viviendas oficiales y no poseer créditos hipotecarios para compra, ampliación y/o refacción de vivienda.

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-

Artículo 3°: Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).