Boletines/Mercedes

Resolución Nº468/2019

Resolución Nº 468/2019

Mercedes, 19/10/2019

Visto

El expediente N° 6666 del año 2018 caratulado: “SEQUEIRA PAOLA VANINA – S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que en virtud de procurar una eficiente gestión administrativa municipal, se realiza un cruzamiento de datos entre la Dirección de Tierras y Hábitat y la Secretaría de Desarrollo Social, del que surge que la solicitante de autos y a su nombre, recibió diferentes  materiales de la construcción a los fines de mejoras habitacionales.-

Que por tal se notificó al domicilio denunciado por la peticionante en declaración jurada, notificándole el 19 de septiembre del corriente de que debía presentar descargo en el marco de la facultad de alegar otorgada por el artículo 56 de la Ordenanza General 267/80, atento a que desde la Secretaria de Desarrollo social informaban la entrega de ayuda habitacional de distintos materiales para la construcción haciendo presumir por tal que la posesión que ejerce sobre el inmueble para el que solicita mejora habitacional, lo es con ánimo de dueño ya que le permite incorporar mejoras libremente, como asimismo, queda encuadrada en haber sido beneficiaria de plan de refacción de vivienda oficial por el otorgamiento de tal ayuda. Siendo que presenta descargo, alegando que lo recibió su ex pareja quien es dueño de ese terreno sin aportar dirección del mismo para constatarlo.-

Que del expediente se desprende a fs. 12/14 una copia de DNI, CUIT y recibo de sueldo del Sr. Villafañe Marcos Ariel sin haberse incorporado el mismo a una nueva Declaración Jurada y encontrándose pendiente el índice de titulares de ambos atetnto haber sido beneficiarios del quinto sorteo.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1: Declarar un plazo de 30 dias para la apertura de prueba, a los fines de que los peticionantes realicen nueva declaración jurada y acompañen los respectivos índice de titulares por ante el registro de la propiedad. Asimismo, se le solicita a la Sra Sequeira que denuncie la dirección del inmueble donde su ex pareja construyo y donde utilizó los vales de materiales, a los fines de que por intermedio de la trabajadora social se pueda corroborar sus dichos. Todo ello, como condición necesaria para alcanzar la verdad material a la hora de tener por resuelto la continuidad o no en el programa Mi Terreno.-

Artículo 2°: Notifíquese. Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-

Artículo 3°: Pase al Departamento de Tierras, para la toma de conocimiento.-