Boletines/Mercedes

Resolución Nº483/2019

Resolución Nº 483/2019

Mercedes, 29/10/2019

Visto

El expediente N° 7770 del año 2018 caratulado: “GAUNA VALERIA SUSANA – S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que según constancias obrantes en nuestra oficina donde existe el Registro de Beneficiarios de Viviendas o Terrenos Sociales, boleto de compraventa a favor de la Sra. GAUNA VALERIA SUSANA DNI 23.724.823, con fecha 25/02/2004.-

Que asimismo, en el cruzamiento de datos con Desarrollo Social surge que se entregaron vales de ayuda habitacional y sobre lo cual se corrió traslado mediante cédula a los fines de que alegue sobre el merito de la prueba, no existiendo presentación alguna ni por ello  ni respecto al boleto de compraventa.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de los Sres. GAUNA VALERIA SUSANA DNI 23.724.823 y ENZO AGUSTIN MIGUEL DNI 40.493.026, por incumplimiento del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios 3. No ser, ninguno de los integrantes del grupo familiar, beneficiarios de planes de viviendas oficiales y no poseer créditos hipotecarios para compra, ampliación y/o refacción de vivienda. (…)”.-

Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-

Artículo 3°: Notifíquese con transcripción de los artículos 65, 86 Y 89 de la Ordenanza General N° 267/80.