Boletines/Mercedes

Resolución Nº475/2019

Resolución Nº 475/2019

Mercedes, 25/10/2019

Visto

El expediente N°8937 del año 2018 caratulado: “ZALBA MARIA BELEN s/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que el día 4 de julio del corriente se libra cédula donde se le requiere a la peticionante que aclare desde qué fecha reside en la Ciudad de Mercedes, atento a la fecha de ingreso al país de sus hijos menores, que obra en sus respectivos documentos de identidad.

Que del escrito presentado en el conteste a la cédula, debidamente notificada el pasado 17 de julio, la peticionante manifiesta en el punto 3 que el día 2 del mes de mayo del año 2016 regresó a Mercedes con sus hijos; además en el punto 4 menciona que durante 6 años no vivió en Mercedes.

Que siendo necesario se dicte un decisorio que determine si la peticionante cumple con los requisitos fijados por la norma, se elevó la consulta al Honorable Concejo Deliberante, a los fines de que determine el espíritu del legislador respecto al punto 6 del artículo 19 de la Ordenanza 7982/17, ya que de su letra no se desprende desde cuando procede su cómputo o si se admiten interrupciones.

Que el Honorable Concejo Deliberante determinó mediante Ordenanza N°8277/19, modificar la Ordenanza 7982/17 en su artículo 19°inc.6, quedando redactado finalmente: “Artículo 19º. Requisitos mínimos para participar de la operatoria. Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta
pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de
la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones
mínimas: (…)6. Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes continuos e inmediatos. (…)”.
Quedando suficientemente aclarada la intención legislativa que siempre imperó en la norma que alejaba a la peticionante de la operatoria.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en su artículo 2° del Anexo me habilita a realizar  todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud y su calidad de titular del Tercer Sorteo del Programa “MI TERRENO” Cupo Especial Comercio, de la Sra. ZALBA MARIA BELEN DNI 26985131 por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N°7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 6.Que acrediten fehacientemente, mas de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes continuos e inmediatos”.

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art.65, 86 y 89 de la Ordenanza General N°267.

Artículo 3°: Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art.5° anexo Decreto 1405/18).