Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1691/19

Decreto Nº 1691/19

Trenque Lauquen, 05/08/2019

1691-19 Subsidio No Reintegrable Fundación GENAP

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 2063/19; y,

Considerando

Que en el mismo, la FUNDACIÓN GENTE EN APOYO –GENAP- DE TRENQUE LAUQUEN, solicita un subsidio para cubrir gastos de necesidades para la atención de pacientes oncológicos.-

Que es de vital importancia el trabajo que sostiene esta Fundación, brindando acompañamiento, contención y orientación a los pacientes oncológicos y sus grupos familiares, tornándose indispensable el trabajo del equipo multidisciplinario, teniendo todo ello, un costo para solventar a cargo de la Institución;

Que, además, recientemente se han incorporado Talleres como herramienta de intervención integral, generándose, por ende, nuevos gastos operativos;

Que esta Fundación, no tiene más ingresos que las donaciones que recibe y los fondos que recauda de la rifa que realiza cada dos años, los que ayudan a solventar gastos de mantenimiento y propios de funcionamiento;

Que este Departamento Ejecutivo considera muy importante la labor que realizan instituciones como GENAP;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otorgase a la FUNDACIÓN GENTE EN APOYO –GENAP- DE TRENQUE LAUQUEN, con domicilio legal en calle Gutiérrez Nº 170, un SUBSIDIO NO REINTEGRABLE, por la suma de Pesos TRESCIENTOS MIL ($300.000).-

ARTICULO 2º.- El subsidio será abonado a razón de Pesos SESENTA MIL ($60.000) por mes, a partir del mes de Agosto y hasta el mes de Diciembre del corriente año inclusive, previa rendición en forma documentada, del monto correspondiente al entregado en el mes anterior.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo precedente, será imputado a: JURISDICCIÓN 1110102000 - SECRETARIA DE GOBIERNO – CATEGEGORIA PROGRAMATICA 01-01-00 – PARTIDA 5.1.7.0 “TRANSFERENCIA A OTRAS INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO”.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido, archívese.-

Cdor. Pablo N. Silvani
Secretario de Hacienda

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen