Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº1021/2019

Decreto Nº 1021/2019

Hipólito Yrigoyen, 15/10/2019

Visto

El marco normativo que en la órbita del Municipio de H. Yrigoyen y en relación a los agentes Municipales, prescribe la Ordenanza Municipal Nro. 16/17, y la aplicación supletoria que de la ley 10.430 formula la misma.-

Considerando

Que existe un diálogo permanente entre este Departamento Ejecutivo y los empleados municipales,  lo que importa no solo el conocimiento permanente de la problemática que afecta a los mismos, sino también, el continuo trabajo conjunto, con el objeto de encontrar con ellos una solución consensuada.-

Que los Organismos provinciales y Nacionales, han informado una importante variación coyuntural del índice de inflación de Precios al Consumidor, en particular tal lo certifica el INDEC, en sus comunicaciones oficiales, las que no pudieron ser consideradas al momento de la confección del presupuesto municipal.

Que  se requiere sin duda alguna, por parte del Departamento Ejecutivo, arbitrar los medios para que, ante el impacto socio-económico producido por el fenómeno inflacionario, se dispongan medidas urgentes, con el objeto de paliar los estándares adquisitivos de las remuneraciones que no  han  podido ser considerados oportunamente.

Que en virtud de lo expuesto, resulta procedente establecer una asignación no remunerativa, por única vez,  para los trabajadores del sector público Municipal.

 

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DE H. YRIGOYEN, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES:

ARTÍCULO 1°.- Establécese, con carácter extraordinario y de excepción, una asignación única, no remunerativa para  los agentes Municipales, a excepción del personal Jerárquico y/o político  cuyo ingreso sea inferior a los $ 14.999=, (catorce mil novecientos Noventa y nueve), de la suma de pesos tres mil ( $ 3.000,00), la que se hará efectiva el día  17 de Octubre de 2019.-

ARTÍCULO 2°.- Establécese, con carácter extraordinario, una asignación única, no remunerativa para todos los agentes Municipales, a excepción del personal Jerárquico y/o político cuyo ingreso sea superior a los $ 14.999=, (Pesos catorce mil novecientos Noventa y nueve), e inferior a los $ 21.999,00= (Pesos veintiún mil novecientos noventa y nueve), de la suma de pesos dos mil

 ($ 2.000,00), la que se hará efectiva el día 17 de Octubre de 2019.-

ARTÍCULO 3°.- A efectos de la determinación de los parámetros salariales de aplicación, se  computarán los haberes sujetos a aportes, con las deducciones de los importes que se integran en IPS y IOMA mas conceptos no remunerativos.-

ARTICULO 4°.- Quedan excluidos de los alcances del presente decreto los trabajadores del sector público municipal, cualquiera sea su modalidad de vinculación y/o el régimen laboral aplicable que se encuentren fuera de los parámetros salariales descriptos.-

ARTÍCULO 5.- Comuníquese a Contaduría Municipal y a la Dirección de Personal para su implementación.-

        Ignacio, Pugnaloni                                                                                 Martín, Arpigiani

                    Intendente Municipal                                                               Secretario de Gobierno y Hacienda