Boletines/Magdalena

Decreto Nº1836/19

Decreto Nº 1836/19

Magdalena, 04/12/2019

Visto

El expediente letra “J” Nº 2107/19, la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires establecidas por el Decreto Provincial 2980/00; y

Considerando

Que el artículo 172º de la L.O.M., artículo 94º del Reglamento de Contabilidad y artículo 48º del Decreto 2980 establece la forma de contabilizar las sumas que transitoriamente pasen por la Municipalidad y el tratamiento que debe darse a las Cuentas de Terceros;

Que el día 02 de Octubre de 2019, por instrucción de la Tesorería Municipal, fueron ingresados a “Cuenta de Terceros” (Otros Fondos de Terceros – Código de Ingreso Contable Nº 71999) la suma de $96.20 (PESOS NOVENTA Y seis CON 20/00) mediante el Recibo Nº 009/001900017936.

Que el importe mencionado en el apartado anterior fue imputado a dicha cuenta por tratarse de un  valor depositado de más para la cancelación de la cuota 1 en el mes de Octubre de la causa N° 24148 a nombre de González Martin Nicolas.-

Que en consecuencia se deben efectuar las adecuaciones contables pertinentes que reflejen la correspondiente transferencia de fondos y la correcta imputación contable del ingreso de los recursos.

Por ello,

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Líbrese, por las causales expresadas en el exordio, orden de pago extrapresupuestaria a favor de la Tesorería Municipal por $96.20  (PESOS NOVENTA Y SEIS CON 20/00) con cargo a la Cuenta de Terceros “OTROS FONDOS DE TERCEROS” (Cód. 71999).

ARTÍCULO 2°: Autorícese a la Tesorería Municipal y a la Subdirección de Rentas a efectuar los ajustes e imputaciones pertinentes y el Ingreso al Cálculo de Recursos del valor percibido en virtud del depósito realizado por González Martin Nicolás, por el importe mencionado en el Artículo anterior.

ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda