Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1904/19
Magdalena, 21/11/2019
Visto
El Expediente E 1029/18 que contiene el Decreto Nro 892/18, referente a la SUSPENSION PREVENTIVA SIN GOCE DE HABERES del Agente CAMPOS RAUL Leg Nro: 721 y El Expediente P 1531/19 Situación Laboral de CAMPOS RAUL y la Resolución del Juez de Tribunal en lo Criminal N° 3 Dtal, Dr. Santiago Paolini
Considerando
Que, el Decreto 892/18 Ordena la SUSPENSION PREVENTIVA, SIN GOCE DE HABERES, retroactivo al 30 de mayo de 2018, (El Agente se encontraba detenido en la Estación de Policía Comunal Punta Indio, en el marco de la Causa Caratulada “CAMPOS MARCIO y otros s/Homicidio en TTVA”).
Que, en el mismo Decreto se procede a la RESERVA DEL CARGO, del Agente CAMPOS RAUL Leg Nro: 721, hasta que exista sentencia condenatoria firme.
Que, el Juez del Tribunal en lo Criminal N° 3 Dtal, Dr. Santiago Paolini, “..Resuelve: Autorizar a CAMPOS RAUL a retomar su actividad laboral en el Cementerio de Magdalena, con la carga horaria de treinta (30) horas semanales, bajo la supervisión y control del Patronato de Liberados…”.
Que se deberá notificar fehacientemente al Patronato de Liberados y al Agente CAMPOS RAUL Leg Nro: 721, de la Resolución del Juez del Tribunal en lo Criminal N° 3 Dtal, Dr Santiago Paolini.
Que la Asesoría Letrada deberá solicitar ante el Juez del Tribunal en lo Criminal N° 3 Dtal, Dr. Santiago Paolini, el estado de trámite de la Causa N° 5461-2 seguida a CAMPOS RAUL, por tentativa de homicidio, para constancia Administrativa municipal.
P O R T O D O E L L O
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorizar a CAMPOS RAUL a retomar su actividad laboral en el Cementerio de Magdalena, con la carga horaria de treinta (30) horas semanales, bajo la supervisión y control del Patronato de Liberados, a partir del 15 de noviembre de 2019.
ARTÍCULO 2º: La Asesoría Letrada deberá solicitar ante el Juez del Tribunal en lo Criminal N° 3 Dtal, Dr. Santiago Paolini, el estado de trámite de la Causa N° 5461-2 seguida a CAMPOS RAUL, por tentativa de homicidio, para constancia Administrativa municipal.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, RODOLFO TATA.
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno