Boletines/Mercedes
Resolución Nº 497/2019
Mercedes, 05/11/2019
Visto
Lo solicitado en el Expediente Nº 5949/2019, caratulado: “Calabria Luciano s/ Prescripción de deuda”; y
Considerando
Que el Art. 278 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Ley 12076), y la legislación concordante aplicable, establecen que las deudas de los contribuyentes prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse, habiendo transcurrido largamente el plazo prescripto.
En tales condiciones, este Departamento Ejecutivo.
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º. DECLARAR PRESCRIPTA la deuda correspondiente a las cuotas 01/10 a 06/10, 01/11 a 06/11, 01/12 a 06/12, 01/13 a 06/13 por las Tasas de Servicios Generales y las cuotas 01/09 a 04/09, 01/10 a 04/10, 01/11 a 04/11, 01/12 a 04/12, 01/13 a 04/13 por la Tasa de Conservación, Mejoramiento y Reparación de la Red Vial de los inmuebles ubicados en esta ciudad, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción: 2, Sección: C, Manzana: 222 , Parcelas: 1 y 6. Control Nº: 8151000 y Nº 8151100.
ARTÍCULO 2º. DECLARAR PRESCRIPTA la deuda correspondiente a las cuotas 02 a 30 de los planes de pago Nº 3407 y Nº 3408, y las cuotas 01/09 a 04/09, 01/10 a 04/10, 01/11 a 04/11, 01/12 a 04/12, 01/13 a 04/13 por la Tasa de Conservación, Mejoramiento y Reparación de la Red Vial de los inmuebles ubicados en esta ciudad, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción: 2, Sección: C, Manzana: 229 , Parcelas: 2A y 3C. Control Nº: 8151400 y Nº 8151500.
ARTÍCULO 3º. Dése intervención al Centro de Cómputos a los fines de efectivizar la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º. Notifíquese al peticionante. Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.