Boletines/Mercedes

Resolución Nº504/2019

Resolución Nº 504/2019

Mercedes, 13/11/2019

Visto

El expediente N° 8662 del año 2018 caratulado: “BRAVO CRISTIAN MARCELO – S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que atento haber resultado beneficiado por el tercer sorteo cupo general como décimo titular, se fueron cumpliendo todas las medidas de rigor, las cuales el peticionante de autos completa en forma correcta.

Que en tal circunstancia, se llama al pre adjudicatario a proceder a la elección de un terreno dentro del desarrollo urbanístico vigente. Que el 7 de noviembre se hace presente en nuestras dependencias, y además de informarle que deberá elegir terreno, se le detallan todos los requisitos que se deberán cumplir para conservar la operatoria, los cuales consisten en la obligación como adjudicatario de comenzar a construir dentro de los primeros 6 meses de firmado el boleto de compraventa, la de abonar las cuotas y la de estar viviendo en la propiedad dentro de los 2 años calendarios de firmado el mismo, entre otras.-

Que el Sr. Bravo manifestó que atento a las condiciones económicas del país, no podrá cumplir con las condiciones mínimas que exigen la construcción de una vivienda dentro de los dos años de firmado el boleto de compraventa, por lo tanto solicita que se revea tal circunstancia al aguardo de algún programa que contemple la situación personal descripta.-

Que a la fecha no existe una operatoria más laxa que la de abonar un terreno en pesos, con un valor social no de mercado y en la cantidad de cuotas que se establecen, con los 6 meses de gracia que se determinan al inicio como para impulsar la construcción de una vivienda.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora Interina de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que le confiere al cargo el Decreto Reglamentario N° 1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1: Considerar fuera del Programa Mi Terreno al Sr. BRAVO CRISTIAN MARCELO DNI 28.142.724, atento haber manifestado que no podrá cumplir con los requisitos mínimos de la operatoria. Asimismo, déjese de manifiesto en el Registro de Déficit Habitacional, las razones por las cuales se lo aleja de este programa a los fines de poder ser considerado en operatorias que contemplen la situación económica personal descripta.-

Artículo 2°: NOTIFÍQUESE con transcripción de los artículos 65, 86 y 89 de la Ordenanza General 267/80. Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-

Artículo 3°: Cumplido, guarde nota en el Registro de Déficit Habitacional Municipal.-