Boletines/Mercedes
Decreto Nº 2712/2019
Mercedes, 25/11/2019
Visto
El expediente administrativo N° 6311/19 caratulado “Secretaria de Gobierno- FIESTA NACIONAL DEL DURAZNO 2019”
Considerando
Que este año se organiza la Cuadragésima Tercera edición de la Fiesta Nacional del Durazno, y se llevará a cabo los días 6,7 y 8 de diciembre, en el predio del Complejo Cultural Trocha de nuestra ciudad.
Que esta celebración rinde homenaje a los fruticultores de la zona a través de uno de los principales productos, el durazno, los cuales elaborarán dulces en vivo y en directo.
Que el espíritu de esta celebración se sostiene gracias al tesón de los productores mercedinos y a la constante voluntad del pueblo de compartir y festejar su identidad.
Que dicha fiesta contará con todo tipo de espectáculos artísticos y culturales
Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades que le son propias.
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Declárase de Interés Municipal la “43° Fiesta Nacional del Durazno” organizada por esta Municipalidad, que se realizará los días viernes 6, sábado 7 y domingo 8 de diciembre de 2019, en el predio del Complejo Cultural Trocha de la ciudad de Mercedes.-
ARTICULO 2º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a librar las respectivas órdenes de pago a fin de solventar los gastos que demande la organización de dicho evento.-
ARTICULO 3º.-Establecerse la entrada libre y gratuita para la 43° Fiesta Nacional del Durazno.-
ARTICULO 4º.- Establecerse que los valores de los stands para la 44º Fiesta Nacional del Salame Quintero, serán los siguientes:
RESIDENTES
Artesanos locales $ 1400,00. -
Micro emprendedores $ 1900,00. -
Revendedores /Globeros y Burbujeros $ 2700,00. -
GASTRONOMICOS
Foodtrucks $ 7000,00.-
Gazebos $ 4500,00.-
Pochoclos $ 1900,00.-
Cerveceros $5000,00.-
ARTICULO 5º.- Autorizase a la instalación de cantinas de comidas y bebidas a cargo de las siguientes instituciones: Club Atlético Diego Armando, Club Recreativo Unión y el Club Atlético Vélez Sarsfield.-
ARTICULO 6º.- Exímase al pago del canon por instalación de Cantinas de Comidas y Bebidas y Cantina de Bebidas a las asociaciones Club Atlético Diego Armando, Club Recreativo Unión y el Club Atlético Vélez Sarsfield.-
ARTICULO 7º.- Dispóngase un espacio reservado y exclusivo para Entidades sin Fines de Lucro, y personas exentas por Discapacidad.-
ARTICULO 8º.- Regístrese, publíquese, notifíquese, comuníquese, cumplido, archívese.-