Boletines/Mercedes

Resolución Nº553/2019

Resolución Nº 553/2019

Mercedes, 23/12/2019

Visto

El expediente N° 8996 del año 2018 caratulado: “ARISMENDI GABRIELA PAOLA – S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que en virtud de procurar corroborar que quienes accedan al Programa Mi Terreno se trate de personas que no cuenten con bienes inmuebles a su nombre, es que a las personas que sales beneficiarias de los sorteos realizados en su marco es que le solicitamos presenten a su cargo copia de índice de titulares expedida por el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires.-

Que de acuerdo a sus resultados, ninguno de los beneficiarios resulto titular de inmuebles. Pero a fs. 26 la Sra. Arismendi presenta copia de la escritura mediante la cual el Sr. Martinez Leonardo Ismael tiene una fracción de terreno.-

De la misma surge que su DNI es 28.287.697, cuando a fs. 5 consta su DNI el cual es 28.287.295, presentando un aparente error la escritura traslativa de dominio que lo configura titular de ese inmueble.-

Que como medida para mejor proveer, es menester solicitar una copia de dominio en el Registro de la Propiedad para ver a la fecha como figura tal inscripción, como cuestión previa a resolver la cuestión principal que se presenta en autos.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1: Declarar un plazo de 30 dias para la apertura de prueba, a los fines de que pueda tener resultado la copia de dominio solicitada bajo el número de operación 1614103. Todo ello, como condición necesaria para alcanzar la verdad material a la hora de tener por resuelto la continuidad o no en el programa Mi Terreno.-

Artículo 2°: Notifíquese. Con transcripción de los arts. 65, 86 y 89 de la Ordenanza General 267/80. Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-

Artículo 3°: Pase al Departamento de Tierras, para la toma de conocimiento.-