Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1960/19

Decreto Nº 1960/19

Trenque Lauquen, 19/09/2019

1960-19 Decreto adjudicación viviendas sociales

Visto

El Convenio suscripto entre el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado por el Sr. Administrador General Dr. Ismael José Passaglia, y la MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN, representada por el Intendente Municipal Dr. Miguel Ángel Fernández con el objeto de prestar asistencia financiera para la construcción de ochenta (80) viviendas en la ciudad de Trenque Lauquen;

Considerando

Que la totalidad de las ochenta (80) viviendas serán construidas en cuatro etapas de veinte (20) viviendas cada una, por ello, habiéndose cumplimentado la primera de ellas, se procedió a dar inicio a las actuaciones administrativas pertinentes;

Que de acuerdo a lo estipulado en el Art. 8 del Convenio mencionado en "vistos" el municipio procedió, a través de la Secretaría de Desarrollo Humano, a la selección de los beneficiarios.-

Que a fin que la adjudicación sea justa, se conformaron tres segmentos según el nivel de ingresos declarado por cada grupo familiar con hijos menores anotados, a saber: Segmento "A" con ingresos de hasta un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM); Segmento "B" con ingresos de hasta dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM); Segmento "C" con ingresos de dos a cuatro Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM).-

Que habiéndose recepcionado un mil cuatrocientas diez (1.410) propuestas se procedió a realizar un sorteo público con fecha 12 de julio de 2019. Del mismo surgieron un total de veinte (20) titulares y veinte (20) suplentes divididos de la siguiente manera: seis (6) personas titulares y seis (6) suplentes del segmento "A", diez (10) personas titulares y diez (10) suplentes del segmento "B" y cuatro (4) personas titulares y cuatro (4) suplentes del segmento "C".-

Que, conforme lo convenido con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, y habiendo cumplimentado las familias favorecidas en el sorteo mencionado cada una de las exigencias requeridas, corresponde al municipio proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, adjudicando las viviendas;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º.- Adjudícanse las veinte (20) viviendas sociales construidas conforme convenio suscripto entre el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN en fecha 16/08/2017, a las siguientes personas:

GRUPO A

TITULARES:

 

DNI

 

DNI

1. Demaría, Elizabeth.

39280154

Varela Morard Juan Francisco

38083115

2. Zuccardi, Brenda Claudina.

37033632

Spina, Facundo Daniel

36076424

3. González, Alejandra Miriam.

23874356

CON HIJOS

 

4. Bracamonte, María Daiana.

34382976

CON HIJOS

 

5. Altamiranda, Noelia Daiana.

39810678

Galiano, Hugo Raúl

37425667

6. Roig, Gimena Elizabeth.

36577555

CON HIJOS

 

GRUPO B

TITULARES:

 

DNI

 

DNI

1. Lamas, Fernanda Lorena.

29728506

Araujo Crespo, Julio Abel

26775286

2. Ruiz, Néstor Abel.

13929310

Aguilar, Ángela

27305723

3. Arce, María Lorena.

23898729

CON HIJOS

 

4. Monteiro Da Cunha, María Fátima.

24022738

Urbaneja, Hugo Alberto

25530431

5. Arenas, Pedro Alberto.

35795416

Pérez, Daiana Rocío

37282137

6. Rodríguez, Marisa Isabel.

17727703

CON HIJOS

 

7. Rincón, Juan Pablo.

34382683

Torres, María Luz

31826410

8. Quiñones, Andrea Carina.

26294879

CON HIJOS

 

9. Pauli, Elena Micaela.

32529315

CON HIJOS

 

10. González, Gabriela Viviana.

36760801

Soto, Víctor Mauricio

36628306

GRUPO C

TITULARES

 

DNI

 

DNI

1. González González, Claudelina.

94970597

Gatica, José María

32108176

2. Cabrera, Ramón Alfredo.

26876870

Mansilla, Natalia Vanesa

32198200

3. Tojo, Rubén Alfredo.

34382908

Peredo, Verónica Valeria

36770436

4. Molina, Miriam Beatriz.

28192121

CON HIJOS

 

ARTÍCULO 2º.-: Conforme lo estipulado, los adjudicatarios abonarán el valor de la vivienda en trescientos sesenta (360) cuotas mensuales y consecutivas, la primera a la firma del boleto de compraventa, en tanto el resto de las trescientos cincuenta y nueve cuotas (359) se abonarán del 1 al 10 de cada mes en los meses subsiguientes.-

Para el segmento "A" el monto de la cuota a abonar será de Pesos Un Mil Ochocientos ($ 1800.).-

Para el segmento "B" el monto de la cuota a abonar será de Pesos Dos Mil Setecientos ($ 2700.).

Para el segmento "C" el monto de la cuota a abonar será de Pesos Cuatro Mil Cincuenta ($ 4050.).-

El valor de las cuotas se ajustará utilizando el incremento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM).-

ARTÍCULO 3º Convócase a los adjudicatarios mencionados en el Artículo 1º, a comparecer ante la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad de Trenque Lauquen, a fin de suscribir los Boletos de Compraventa respectivos.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno 

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen