Boletines/Trenque Lauquen

Resolución Nº179/19

Resolución Nº 179/19

Trenque Lauquen, 26/09/2019

Visto

La necesidad de readecuar y ordenar las distintas modalidades y prestaciones sanitarias y los sistemas de remuneración vigentes a la fecha en el sistema de Salud Municipal y;

Considerando

Que según el Estatuto del Empleado Municipal Ley 11.757 – Art 12, se dictaran oportunamente las Resoluciones Nº 161/00, 193/06, 181/07, 348/08, 584/08, 199/10, 432/10, 124/12, 033/13 y 171/15 reglamentando el trabajo por prestaciones, consistente en un número de actos como equivalentes a la jornada de trabajo, actualmente la Ordenanza Nº 4.495/16 – Art. 8, inc. b).-

Que en el transcurso del tiempo es necesario readecuar los valores de las prestaciones para la redeterminación de la equivalencia correspondiente.-

Que para ello corresponde el dictado de una nueva norma.-

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN:

R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: Derogase las Resoluciones Nº 161/00, 193/06, 181/07, 34808, 584/08, 199/10, 432/10, 124/12, 033/13, 171/15, 158/16, 234/16, 034/17, 013/18, 059/18, 089/18, 141/18, 011/19 y 063/19.-

ARTICULO 2º: A partir del 1 de Septiembre de 2.019 se adecuará en los establecimientos públicos de salud del partido de Trenque Lauquen el TRABAJO POR PRESTACIONES (consistente en un número de actos equivalentes a la jornada de trabajo) registrándose las prestaciones realizadas por el profesional.-

ARTICULO 3º: La Dirección del Hospital, mensualmente deberá informar a la Dirección de Recursos Humanos, la rendición mensual o productividad de cada profesional, informando las prestaciones (prácticas, consultas, internaciones) realizadas por el agente a fin de que se controle la equivalencia entre las jornadas de trabajo con las atenciones realizadas, para determinar la retribución mensual que corresponde.-

ARTICULO 4º: La Dirección de Recursos Humanos realizará la equivalencia entre las prestaciones con las jornadas de trabajo mensual establecidas en el Decreto de Designación, produciendo la reducción y/o los adicionales que les correspondiere. Los adicionales serán considerados como extensión extra laboral, las que deberán ser enunciadas en el recibo de sueldo correspondiente.

Se valorizarán las prestaciones informadas por el Establecimiento Asistencial, según lo fijado por el Artículos 5 a 10 de esta Resolución, las que serán equiparadas con las retribuciones establecidas para cada uno de los profesionales. Las prestaciones serán consideradas para la equivalencia a mes vencido (Ejemplo: las prestaciones de octubre con las remuneraciones de noviembre). Se considerarán como retribuciones los establecido en el Artículo 11.-

ARTICULO 5º: De las categorías, definiciones y valores.

Hora extra guardia adicional día de semana

$ 7468

Hora extra guardia adicional fin de semana

$ 8866

Hora extra guardia activa día de semana

$ 15225

Hora extra guardia activa fin de semana

$ 16337

Hora extra reemplazo de guardia medica

$ 4446

Hora extra reemplazo de guardia obstétrica

$ 2824

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados Trenque Lauquen

$ 4446

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados 30 de Agosto

$ 10501

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados Berutti

$ 10501

Hora extra guardia pasiva día de semana 30 de Agosto

$ 4446

Hora extra por servicio critico

$ 66988

Hora extra guardia fin de semana y feriados Anestesistas

$ 32671

Hora Extra guardia pasiva Odontólogos

$ 1113

Hora extra comunitaria

$ 272

Consulta ambulatoria

$ 196

Consulta Atención Licencias de Conducir

$ 97

Consulta ambulatoria de Médico especialista en CAPS

$ 242

Interconsulta o Consulta en internación

$ 487

Sesión de Quimioterapia

$ 354

Interconsulta de urgencia

$ 697

Recepción de recién nacido

$ 1075

Trabajo de parto por Obstétrica

$ 2096

Honorarios punción/biopsia dirigida

$ 906

Adicional Jefe de Servicio

$ 19682

Adicional por función de coordinación Clase A

$ 12548

Adicional por función de coordinación Clase B

$ 7776

Adicional por Servicio

$ 7102

Adicional coordinación Enfermería

$ 9198

Adicional por Circuito Cerrado Hospital

$ 1830

Hora Extra Guardia Pasiva Hospital (Choferes, Instrumentistas, Farmacia, Mantenimiento)

$ 1713

Honoraros CMO (por paciente)

$ 547

Galeno quirúrgico

$ 25,39

Adicional por Dirección de Hospital 30 de Agosto

$ 17662

Adicional por Ruralidad

15 % del Básico

Adicional por Dedicación Exclusiva

30% del Básico

ARTICULO 6º: De los valores de las prácticas profesionales

Kinesiología

Sesión kinesiológica en internación

$ 102

Kinesiología

Sesión Kinesiológica ambulatoria

$ 135

Kinesiología

Sesión kinesiológica en domicilio

$ 184

Terapia Ocupacional

Sesión de Terapia Ocupacional

$ 184

Terapia Ocupacional

Intervención en Institución (x día)

$ 1483

Psicóloga

Sesión de Psicoterapia

$ 299

Anatomía Patológica

Biopsia diferida

$ 962

Anatomía Patológica

Biopsia inmediata

$ 1248

Anatomía Patológica

Papanicolaou

$ 392

Anatomía Patológica

Biopsia Fetal

$ 5000

Cardiología

Holter ECG

$ 764

Cardiología

MAPA

$ 764

Cardiología

Eco Stress

$ 2330

Cardiología

Ecocardiograma bidimensional

$ 323

Cardiología

Ergometría

$ 790

Cardiología

Ecocardiograma transesofágico

$ 3031

Medicina Nuclear

Perfusión miocárdica

$ 3031

Medicina Nuclear

Centellograma renal

$ 1864

Medicina Nuclear

Radiorenograma

$ 2330

Medicina Nuclear

Centellograma óseo

$ 4698

Medicina Nuclear

Centellograma con infecton

$ 4698

Medicina Nuclear

Centellograma paratiroideo

$ 1746

Medicina Nuclear

Centellograma tiroideo

$ 1045

Medicina Nuclear

Material radioactivo

s/ CEDIM*****

Fonoaudiología y ORL

Consulta

$ 184

Fonoaudiología y ORL

Otoemisiones acústicas

$ 766

Fonoaudiología y ORL

Potenciales evocados auditivos

$ 1518

Fonoaudiología y ORL

Naso y fibrolaringoscopia

$ 1397

Fonoaudiología y ORL

Impedanciometria

$ 417

Fonoaudiología y ORL

Broncosfibroscopia

$ 1512

Fonoaudiología y ORL

Timpanometria

$ 442

Neumonología

Broncosfibroscopia

$ 1615

Neumonología

Espirometria

$ 763

Urología

Uroflujometria

$ 1746

Neurología

ECG bajo sueño prolongado

$ 1755

Neurología

ECG simple o con actividad compleja

$ 766

Neurología

EMG Velocidad de conducción

$ 1041

Neurología

Mapeo Cerebral

$ 1253

Neurología

Polisomnografia

$ 3031

Obstétrica

Trabajo de parto

$ 2563

Gastroenterología

Endoscopia digestiva alta

$ 2219

Gastroenterología

Endoscopia digestiva baja

$ 2665

Gastroenterología

Rectoscopia

$ 354

Gastroenterología

Polipectomia

$ 2666

Gastroenterología

CPRE

$ 17337

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 7º: De los valores de las prácticas de imágenes

Radiología

Pielografia con cortes tomograficos

$ 1864

Radiología

Cistouretrografia

$ 1864

Radiología

Seriada gastroduodenal

$ 1864

Radiología

Colon por enema

$ 1864

Radiología

Histerosalpingografia

$ 1864

Radiología

Densitometría ósea

$ 1630

Radiología

Radiografía panorámica

$ 583

Radiología

Perfil de cráneo

$ 583

Imágenes hospitalarias

Ecografía abdominal completa

$ 381

Imágenes hospitalarias

Ecografía obstétrica ginecológica

$ 273

Imágenes hospitalarias

Ecografía mamaria

$ 273

Imágenes hospitalarias

Ecografía tiroidea

$ 196

Imágenes hospitalarias

Ecografía hepatobiliar

$ 275

Imágenes hospitalarias

Ecografía vesico prostática

$ 196

Imágenes hospitalarias

Ecografía oftalmológica

$ 275

Imágenes hospitalarias

Ecografía testicular

$ 196

Imágenes hospitalarias

Ecografía cerebral

$ 275

Imágenes hospitalarias

Ecografía transvaginal

$ 275

Imágenes hospitalarias

Ecografía renal

$ 275

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Periférico

$ 508

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Periférico 2ª Región

$ 253

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Cardiaco

$ 369

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler general

$ 514

Imágenes hospitalarias

Mamografía

$ 230

Imágenes hospitalarias

Marcación de mama por Mamografía

$ 5366

Imágenes hospitalarias

Día de informe radiológica

$ 1045

Imágenes hospitalarias

Punción guiada por ecografía

$ 7953

Imágenes extra hospitalarias

RMN 1ª exposición

$ 4142

Imágenes extra hospitalarias

RMN 2ª exposición

$ 3311

Imágenes extra hospitalarias

Gadolinio

$ 417

Imágenes extra hospitalarias

TAC Helicoidal

$ 3296

Imágenes extra hospitalarias

Contraste EV

$ 332

Imágenes extra hospitalarias

Contraste oral

$ 246

Imágenes extra hospitalarias

Contraste oral y endovenoso

$ 582

Imágenes extra hospitalarias

Angio TCMS

$ 4962

Imágenes extra hospitalarias

Colangio Resonancia

$ 4962

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 8º: De los valores de los traslados:

Traslado por profesionales médicos traslado a CABA

$ 8388

Traslado por profesionales médicos a La Plata

$ 8388

Traslado por profesionales médicos a Bahía Blanca o Junín

$ 6696

Traslado por profesionales médicos a Santa Rosa

$ 3307

Traslado por profesionales médicos a 30 de Agosto

$ 1415

Traslados por choferes y enfermera a CABA o La Plata

$ 3689

Traslados por choferes y enfermera a Bahía Blanca o Junín

$ 2484

Traslados por choferes y enfermera a Santa Rosa

$ 1238

Traslados por choferes y enfermeras a Berutti

s/ hora extra

Traslados por choferes y enfermera a 30 de Agosto

$ 566

ARTICULO 9º: De los valores de Odontología

Odontología

Consulta

$ 157

Odontología

Restauración simple

$ 205

Odontología

Restauración compuesta

$ 205

Odontología

Restauraciónestética

$ 205

Odontología

Tratamiento de conducto uniradicular

$ 205

Odontología

Tratamiento de conducto multiradicular

$ 264

Odontología

Tarctrectomìa

$ 151

Odontología

Motivación

$ 135

Odontología

Formocresol

$ 135

Odontología

Radiografías

$ 75

Odontología

Extracción simple

$ 157

Odontología

Extracción restos radiculares

$ 157

Odontología

Punción y drenaje

$ 157

Odontología

Frenectomía

$ 157

Odontología

Extracción de retenidos

$ 775

Odontología

Extracción de quistes y tumores

$ 619

Odontología

Prótesis parcial removible superior

$ 775

Odontología

Prótesis completa removible inferior

$ 775

Odontología

Prótesis completa superior

$ 962

Odontología

Prótesis completa inferior

$ 962

Odontología

Compostura simple

$ 157

Odontología

Compostura con agregado de un diente

$ 157

Odontología

Compostura con agregado de un retenedor

$ 157

Odontología

Compostura con agregado de diente y retenedor

$ 157

Odontología

Diente subsiguiente

$ 157

Odontología

Rebasado

$ 157

Odontología

Topicación con flúor

$ 157

ARTICULO 10º: De los valores de las prácticas oftalmológicas

Oftalmología

Cirugía de cataratas

$ 19712

Oftalmología

Glaucoma

$ 15166

Oftalmología

Cirugía de estrabismo

$ 19712

Oftalmología

Chalazión

$ 3752

Oftalmología

Pterigion

$ 6064

Oftalmología

Entropion y Ectropion

$ 6064

Oftalmología

Laser de Argón (por ojo por sesión)

$ 3032

Oftalmología

Dacriocistorinostomia

$ 19712

Oftalmología

Inyección de Avastin

$ 6064

Oftalmología

Yag Laser (por ojo)

$ 3032

Oftalmología

Angiografía digital

$ 2120

Oftalmología

Campo visual computarizado

$ 739

Oftalmología

Topografía corneal

$ 739

Oftalmología

Fondo de ojo

$ 185

Oftalmología

Ecometría

$ 1210

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 11º: De los valores de las prácticas de anatomopatología

BIOPSIA

CODIGO

HONORARIOS

GASTOS

TOTAL

Biopsia diferida

15.02.01

$ 532

$ 430

$ 962

Biopsia inmediata

15.02.02

$ 691

$ 558

$ 1249

Papanicolaou

15.02.03

$ 253

$ 134

$ 387

Autopsia neonato

15.02.04

$ 2012

$ 2999

$ 5011

ARTICULO 12º: De los valores del Programa Recreativo de Adultos Mayores

Respecto al programa P.R.A.M. (Programa Recreativo de Adultos Mayores) las horas de actividades no podrán superponerse con la carga horaria de Atención en los Centros de Atención Primaria. El valor de las horas extras se abonarán conforme a la normativa vigente en función de la categoría del agente de salud más un 20% según tabla adjunta.

CATEGORIA

Valor PRAM

1

127

2

119

3

151

4

162

5

174

6

187

7

211

8

252

9

290

El valor de “Hora extra comunitaria” efectivamente realizada y de la hora PRAM no está incluida en la productividad, deben ser registradas e informadas por los responsables de cada CAPS y refrendadas por el Secretario de Salud.-

ARTICULO 13º: De los pisos y techos de la productividad

La productividad generada por los profesionales se abonará solo cuando se supere el “piso”. En tal caso, se abonará, junto a su sueldo, antigüedad y demás componentes del salario la productividad generada menos el “piso”. Si la misma superara el techo se abonará el “techo”.-

Carga horaria

Piso productividad

Techo productividad

12

11666

13981

24

23338

25673

30

25673

28006

36

28006

30562

48 (ded. excl.)

30562

32673

A modo de ejemplo, un profesional de 30 hs de carga horaria que genera $ 27.000.- cobrara $ 1.327.- como Productividad. Si su productividad fuera de $ 4500.- no cobraría nada en ese concepto y por el contrario, si la productividad fuera de $ 65.000.- cobraría en ese concepto $28.006.-

ARTICULO 14º: Derogase toda norma que se oponga a la presente.-

ARTICULO 15º: Notifíquese a los interesados, a las dependencias que corresponda, regístrese y archívese.-

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen