Boletines/Magdalena

Decreto Nº1991/19

Decreto Nº 1991/19

Magdalena, 03/12/2019

Visto

El Expte. Letra “D” Nº  744/17, el Convenio de Colaboración y Adhesión e Implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires “SAME PROVINCIA” celebrado entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Magdalena, el Decreto Nº 364/17, la Ordenanza de Convalidación  Nº 3400/17; y

Considerando

Que mediante la firma del Convenio el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires transferirá a la Municipalidad de Magdalena las sumas de dinero para el funcionamiento del SAME PROVINCIA en tres etapas correspondiendo la primera a $ 3.120.000 ( PESOS TRES MILLONES CIENTO VEINTE MIL, la segunda a $ 1.560.000 (PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA MIL) y  la tercera etapa a $ 780.000 (PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL) de acuerdo a lo establecido en la cláusula séptima;

Que el mencionado artículo obliga a la Municipalidad a realizar reportes mensuales que den cuenta de la ejecución del SAME PROVINCIA y una rendición de cuentas trimestral respecto de los bienes y destino de los fondos transferidos respetando los lineamientos establecidos en el ANEXO II y los Protocolos Adicionales 1 y 2;

Que el artículo 119º último párrafo de la L.O.M. permite al Departamento Ejecutivo “practicar directamente las ampliaciones presupuestarias que se financien con recursos afectados según sean efectivamente autorizados o realizados”;

Que a Fs. 106 consta mediante certificación de la Tesorería Municipal el detalle de los fondos ingresados en el ejercicio 2019 mediante transferencia bancaria de $ 552.411,00 el día 23/05/2017 depositados en la Cuenta Corriente 50385/1;

Que el ANEXO II punto II.B) establece que podrán destinarse fondos para Gastos de Funcionamiento Administrativo hasta el tope del ocho por ciento (8%) de la transferencia otorgada;

Que a los efectos de realizar el seguimiento y rendición de los gastos conforme a lo establecido en el Convenio y sus ANEXOS resulta necesaria la creación de un programa específico que contemple la asignación de las partidas presupuestarias correspondientes;

Que a los efectos de mejor proveer y para una normal gestión presupuestaria y contable es menester realizar las ampliaciones en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Créase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2019 el Rubro 1750129 “SAME PROVINCIA”, de origen provincial, afectado (Código 22).

ARTICULO 2º: Amplíase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2019 en PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ONCE CON 00/100 ($552.411,00) en  el Rubro 1750129 “SAME PROVINCIA”, de origen provincial, afectado (Código 22).

ARTICULO 3º: Amplíase el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2019 por un monto total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ONCE CON 00/100 ($552.411,00) en la Jurisdicción Programa, Proyecto, Partidas y por los montos que a continuación se consignan, todos con Fuente de Financiamiento 132 (De Origen Provincial):

Jurisdicción 1110104000

Dirección de Salud

 

 

Programa 19 –Proy. 00

 

 

 

 

 

 

 

1.1.1.6. Servicios

$       32.448,00

1.1.3.1. Antiguedad

$         9.972,34

1.1.3.3. Bonificac Rem No Bonif

$       42.108,00

1.1.3.4. Refrigerio

$           400,00

1.1.3.5. Bonificación por Función

$       22.699,34

1.1.3.9. Otros Bonificaciones

$       34.900,00

1.1.6.1. IPS

$     119.013,92

1.1.6.2. IOMA

$       44.283,62

1.1.6.3. A otros Organismos

$       34.323,67

1.2.1.2. Mensualizado

$       33.416,00

1.2.2.0. Ret. que no hacen al Cargo

$         5.000,00

1.3.1.1. Horas Extras

$       44.799,29

1.3.1.3. Guardias

$       39.929,82

1.4.0.0 Asignaciones Familiares

$       52.617,00

3.4.2.0. Servicios médicos y sanit.

$       36.500,00

 ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda

 

 

 

 

Anexos

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ampliación same

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