Boletines/Magdalena

Decreto Nº2001/19

Decreto Nº 2001/19

Magdalena, 04/12/2019

Visto

Expte Letra D N° 2196/19 donde se recibe nota elevada por el Director de Obras y Servicios Públicos, acerca de la inasistencia de los Agentes BONILLON PABLO MARTIN, Leg Nro: 1169 Y PAZ GUSTAVO JAVIER, leg Nro 1409 ;

Considerando

Que en las mismas el Sr. ANDRES CASTELLI Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de lo agentes municipales BONILLON PABLO MARTIN, Leg Nro: 1169 Y PAZ GUSTAVO JAVIER, leg Nro 1409, quienes no concurrieron a su lugar de trabajo el día 11 de noviembre de 2019 sin aviso.

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, se hace pasible al mencionado Agente a la sanción de Llamado de atención y descuento del día correspondiente.

Que las mencionadas acciones están previstas en el Art 28 Inc a), el Art 83

y la sanción correctiva de Llamado de atención, de acuerdo a lo expresado en el Art 82 I. a) del Convenio Colectivo de Trabajo

P O R     T O D O     E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION a lo agentes municipales BONILLON PABLO MARTIN, Leg Nro: 1169 Y PAZ GUSTAVO JAVIER, leg Nro 1409, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de diciembre  por  no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente y el presentismo, al Agente:

Leg. Nº

Agente Municipal

Día  de DESCUENTO

Fecha

1169

BONILLON PABLO MARTIN

1 (UN) DIA

 11 de noviembre de 2019.

1409

PAZ GUSTAVO JAVIER

1 (UN) DIA

 11 de noviembre de 2019.

ARTICULO 3º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal y Director responsable del Área de trabajo.

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

 

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO                                                                                              

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON  TATA

Secretario de Gobierno