Boletines/Magdalena
Decreto Nº 2016/19
Magdalena, 09/12/2019
Visto
Las actuaciones del Expediente Letra D, Número 1845/19 mediante las cuales DANERI EZEQUIEL, CUIT 20-21509912-2, solicita habilitación municipal del comercio cuya actividad es CARNICERÍA ubicado en calle Rivadavia Nº 1471 de la ciudad de Magdalena; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuya actividad es CARNICERÍA (Código de actividad 62100-01) propiedad de DANERI EZEQUIEL, CUIT 20-21509912-2, Legajo Municipal Nº 62849 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 165, Parcela 3c y Partida Inmobiliaria Nº 15.641, ubicado en calle Rivadavia Nº 1471 de la ciudad de Magdalena.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno