Boletines/Magdalena

Decreto Nº110/19

Decreto Nº 110/19

Magdalena, 27/12/2019

Visto

El Decreto Provincial Nº 1243/07 y en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 467/07 y modificatorios por el cual se autoriza a la Dirección General de Administración de la Secretaría de Derechos Humanos  de la Provincia de Buenos Aires a otorgar una transferencia en concepto de  Subsidio por la suma total de pesos quinientos mil ($500.000,00) a favor de la municpalidad de Magdalena para atender los gastos que demande la construcción de un Hogar para victimas de violencia de genero y;

Considerando

Que para el presente ejercicio en lo referente a “Subsidios Hogar Victimas violencia de Genero” – res.515/18 Rubro 22.5.01.20, se transfiereron y percibieron recursos adicionales para atender las erogaciones que demande la construcción del Hogar mencionado precedentemente  cuyo destino sera para las victimas de violencia de genero, lo que amerita realizar la adecuación presupuestaria correspondiente.

Que asimismo, el artículo 119º último párrafo de la L.O.M. permite al Departamento Ejecutivo “practicar directamente las ampliaciones presupuestarias que se financien con recursos afectados según sean efectivamente autorizados o realizados”;

Que a los efectos de mejor proveer y para una normal gestión presupuestaria y contable es menester realizar las ampliaciones en el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2019 en PESOS QUINIENTOS MIL 00/100 ($500.000,00) en el Rubro 22.05.01.20 “Subsidios Hogar Victimas violencia de Genero Res 515/18”, de origen provincial, afectado (Fuente de Financiamiento 132).

ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2019  en la Partida Presupuestaria correspondiente al DEPARTAMENTO EJECUTIVO: Jurisdicción 5000 del programa 23-53 (Todas las partidas del programa) por un monto total de PESOS QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($500.000,00) de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.  

 ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda

 

 

Anexos

planilla pdf

ampliacion presupuestaria

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