Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 1279/2019
Hipólito Yrigoyen, 20/12/2019
Visto
El requerimiento presentado por el Director de Servicios Urbanos, con respecto a la realización de una readecuación del contrato de locación de obra Nº 66/19 suscripto con el Sr. Carlos Alberto Biedma, a fin de que el mismo refleje correctamente el objeto para el cual se contrato al locador, y su justificación oportunamente,
Considerando
Que el mentado locador ha sido contratado durante el año 2019 a través del contrato de locación de obra Nº 66/19, los cuales comprenden una vigencia continua durante el periodo desde 01/01/2019 y hasta el 31/12/2019.-
Que se contrata al locador encomendándole la coordinación del suministro de combustible de los diferentes vehículos de la Municipalidad
Que atento a esta circunstancia el Director de Servicios Urbanos, de manera retroactiva al inicio de la contratación mentada, y durante toda su vigencia, se declara incompetente para realizar las tareas que demanda la obra respectiva, atento al cumulo de labores que requiere la Dirección a su cargo, requiriendo el acto administrativo pertinente.-
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Art. 148 prevé que la Municipalidad que posea organizada su oficina técnica, no obstante ésta se declarare incompetente para realizar los proyectos y asumir la dirección de las obras, podrá preceder a la contratación.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS DECRETA
ARTICULO 1º: Que en un todo conforme con los exordios expuestos en el presente, declárese la incompetencia del Director de Servicios Urbanos de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, de manera retroactiva desde el 01/01/2019 y hasta el 31/12/2019, para la coordinación del suministro de combustible de los diferentes vehículos municipales.-
ARTICULO 2º: Autorícese la suscripción de contratos de locación de obra con un tercero a efectos de llevar a cabo la mentada labor detallada en la clausula de ut supra, y por el mismo plazo detallado en la misma.-
ARTICULO 3°): Desde intervención a la Dirección de Servicios Urbanos para su conocimiento, y a la Secretaria de Asuntos Legales y Seguridad para la readecuación del correspondiente de contrato de locación de obra.-
ARTICULO 4º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Cumplido Archívese.-
Luis Ignacio Pugnaloni Martin Arpigiani
Intendente Municipal Secretario de Gobierno y Hacienda