Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº1279/2019

Decreto Nº 1279/2019

Hipólito Yrigoyen, 20/12/2019

Visto

  El requerimiento presentado por el Director de Servicios Urbanos, con respecto a la  realización de una readecuación  del contrato de locación de obra Nº 66/19 suscripto con el Sr. Carlos Alberto Biedma, a fin de que el mismo refleje correctamente el objeto para el cual se contrato  al locador, y su justificación oportunamente,

Considerando

Que el mentado locador ha sido contratado durante el año 2019 a  través del  contrato de locación de obra Nº 66/19, los cuales comprenden una vigencia continua durante el periodo desde 01/01/2019 y hasta el 31/12/2019.-

Que se contrata al locador encomendándole la coordinación del suministro de combustible de los diferentes vehículos de la Municipalidad

Que atento a esta circunstancia el Director de Servicios Urbanos, de  manera retroactiva al inicio de la contratación mentada, y durante toda su vigencia, se declara incompetente para realizar las tareas que demanda la obra respectiva, atento al cumulo de  labores que requiere la Dirección a su  cargo, requiriendo el acto administrativo  pertinente.-

Que  la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Art. 148 prevé que  la Municipalidad que posea organizada su oficina técnica, no obstante ésta se declarare incompetente para realizar los proyectos y asumir la dirección de las obras, podrá preceder a la contratación.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS DECRETA

ARTICULO 1º: Que en un todo conforme con los exordios expuestos en el presente, declárese  la incompetencia del Director de Servicios Urbanos de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen, de manera retroactiva desde el 01/01/2019 y hasta el 31/12/2019,  para la coordinación del suministro de combustible de los diferentes vehículos municipales.-

ARTICULO 2º: Autorícese la  suscripción de contratos de locación de obra con un tercero a efectos de llevar a cabo la mentada labor detallada en la clausula de ut supra, y por el mismo plazo detallado en la misma.-

ARTICULO 3°): Desde intervención a la Dirección de Servicios Urbanos para su conocimiento, y a la Secretaria de Asuntos Legales y Seguridad para la readecuación del correspondiente de contrato de locación de obra.-

ARTICULO 4º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Cumplido Archívese.-

Luis Ignacio Pugnaloni                                                                                 Martin Arpigiani

                Intendente Municipal                                                                   Secretario de Gobierno y Hacienda