Boletines/Mercedes

Decreto Nº2/2020

Decreto Nº 2/2020

Mercedes, 02/01/2020

Visto

Que para abonar viáticos y movilidad a los agentes que viajen por razones de servicio a distintos puntos de la Provincia de Buenos Aires o fuera de ella, es indispensable elaborar la correspondiente reglamentación y,

Considerando

Que es necesario dar cumplimiento al mismo desde el primer día del corriente año,

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A:

Artículo 1°): Déjase reglamentado que los viáticos y movilidad que deben reconocerse a los agentes municipales que deban viajar a otras ciudades de la Provincia de Buenos Aires u otros destinos, en cumplimiento de comisiones de servicio, se abonarán contra la presentación de los comprobantes respectivos (facturas, tickets, etc.), siempre conformados por un Superior o funcionario que la haya ordenado.

Artículo 2°) Autorízase a la Contaduría Municipal a efectuar adelantos a los agentes que deban realizar una comisión de servicio a otro destino, con el respaldo de una nota suscripta por el Superior solicitándolo y con cargo de rendir cuentas en forma inmediata al regreso a su base.

Artículo 3°) Regístrese, comuníquese a Contaduría Municipal, Secretaría de Gobierno y resto de las dependencias del Municipio. Dése al Digesto General y cumplido, archívese