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Decreto Nº34/2020

Decreto Nº 34/2020

Mercedes, 07/01/2020

Visto

La sanción de la Ordenanza Impositiva Nº 8353/2019 para el año 2020; y,

Considerando

Que con fecha 27/12/2019, el Honorable Concejo Deliberante en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, sancionó, por mayoría, la Ordenanza Impositiva, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes (arts. 68, 69 y cc), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

       Que el Honorable Concejo Deliberante al tratar el Proyecto de Ordenanza Impositiva remitida por este Departamento Ejecutivo, efectuó entre otras reformas, modificaciones al Artículo 75º, del Capítulo XV - Derecho de Construcción y Mensura.

Que el mentado Cuerpo reduce en más de un 50% el valor de la alícuota para el cálculo de los Derechos de construcción tanto de obras a construir (INCISO A) como de obras a empadronar (INCISO B).

Que tal reducción implicaría desfinanciar en más de $3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES) al municipio.-

Que por lo anteriormente expuesto corresponde vetar los incisos A y B del Artículo 75º.

Que el presente se dicta conforme lo establecido por el artículo 192 inc. 5 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, artículos 38, 108 y cctes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Dto-Ley 6769/58).

Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:

DECRETA

Artículo 1º.- VETASE los Incisos A y B del Artículo 75º de la Ordenanza Impositiva Nº 8353/2019.

Artículo 2º.- PROMULGASE la Ordenanza Impositiva Nº 8353/2019 a excepción de lo expresamente vetado en el Artículo anterior, todo ello, conforme a los considerandos expuestos en el presente Decreto y que forman parte integrante del mismo.

Artículo 3º.- Regístrese Comuníquese. Dese al Digesto General. Cumplido. Archívese.-