Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 583/18
Trenque Lauquen, 09/04/2018
0583-18 Cuota RED VIAL Período 02-18
Visto
La Ordenanza Nº 4.496/16; y,
Considerando
Que la Ordenanza General Impositiva en el Capítulo XII Art. 48 establece que por la tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal se abonará por mes y por hectárea el equivalente en $ a 420 gramos de novillo de 400 a 420 Kgs., tomando el precio máximo, promedio de los 4 últimos días hábiles del mes previo al vencimiento, logrado en el Mercado de Liniers para ese tipo;
Que al momento de ponerse al cobro el tributo, el Departamento Ejecutivo debe determinar el precio del kilogramo de novillo, a los efectos de la aplicación de la Ordenanza Impositiva vigente;
Que el Departamento de Fiscalización ha instrumentado el cálculo dispuesto por dicha norma ascendiendo a la suma de $ 30,49 por Hectárea por bimestre.-
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º.- Disponer que a partir del Período 02/2.018 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, ascenderá a la suma de Pesos TREINTA CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 30,49) por Hectárea, por bimestre en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº 4.496/16.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-
Cdor. Pablo N. Silvani
Secretario de Hacienda
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen