Boletines/Trenque Lauquen

Resolución Nº059/18

Resolución Nº 059/18

Trenque Lauquen, 27/04/2018

Visto

La necesidad de readecuar y ordenar las distintas modalidades y prestaciones sanitarias y los sistemas de remuneración vigentes a la fecha en el sistema de Salud Municipal y;

Considerando

Que según el Estatuto del Empleado Municipal Ley 11.757 – Art 12, se dictaran oportunamente las Resoluciones Nº 161/00, 193/06, 181/07, 348/08, 584/08, 199/10, 432/10, 124/12, 033/13 y 171/15 reglamentando el trabajo por prestaciones, consistente en un número de actos como equivalentes a la jornada de trabajo, actualmente la Ordenanza Nº 4.495/16 – Art. 8, inc. b).-

Que en el transcurso del tiempo es necesario readecuar los valores de las prestaciones para la redeterminación de la equivalencia correspondiente.-

Que para ello corresponde el dictado de una nueva norma.-

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN: R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: Derogase las Resoluciones Nº 161/00, 193/06, 181/07, 34808, 584/08, 199/10, 432/10, 124/12, 033/13, 171/15, 158/16, 234/16, 034/17 y 013/18.-

ARTICULO 2º: A partir del 1 de Abril de 2.018 se adecuará en los establecimientos públicos de salud del partido de Trenque Lauquen el TRABAJO POR PRESTACIONES (consistente en un número de actos equivalentes a la jornada de trabajo) registrándose las prestaciones realizadas por el profesional.-

ARTICULO 3º: La Dirección del Hospital, mensualmente deberá informar a la Dirección de Recursos Humanos, la rendición mensual o productividad de cada profesional, informando las prestaciones (prácticas, consultas, internaciones) realizadas por el agente a fin de que se controle la equivalencia entre las jornadas de trabajo con las atenciones realizadas, para determinar la retribución mensual que corresponde.-

ARTICULO 4º: La Dirección de Recursos Humanos realizará la equivalencia entre las prestaciones con las jornadas de trabajo mensual establecidas en el Decreto de Designación, produciendo la reducción y/o los adicionales que les correspondiere. Los adicionales serán considerados como extensión extra laboral, las que deberán ser enunciadas en el recibo de sueldo correspondiente.-

Se valorizarán las prestaciones informadas por el Establecimiento Asistencial, según lo fijado por el Artículos 5 a 10 de esta Resolución, las que serán equiparadas con las retribuciones establecidas para cada uno de los profesionales. Las prestaciones serán consideradas para la equivalencia a mes vencido (Ejemplo: las prestaciones de octubre con las remuneraciones de noviembre). Se considerarán como retribuciones los establecido en el Artículo 11.-

ARTICULO 5º: De las categorías, definiciones y valores.-

Hora extra guardia adicional día de semana

$ 4451

Hora extra guardia adicional fin de semana

$ 5285

Hora extra guardia activa día de semana

$ 9073

Hora extra guardia activa fin de semana

$ 9736

Hora extra reemplazo de guardia medica

$ 2650

Hora extra reemplazo de guardia obstétrica

$ 1684

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados Trenque Lauquen

$ 2650

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados 30 de Agosto

$ 6258

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados Berutti

$ 6258

Hora extra guardia pasiva día de semana 30 de Agosto

$ 2650

Hora extra por servicio critico

$ 43711

Hora Extra guardia pasiva Odontólogos

$ 622

Hora extra comunitaria

$ 164

Consulta ambulatoria

$ 118

Consulta Atención Licencias de Conducir

$ 59

Consulta ambulatoria de Médico especialista en CAPS

$ 145

Interconsulta o Consulta en internación

$ 291

Sesión de Quimioterapia

$ 212

Interconsulta de urgencia

$ 417

Recepción de recién nacido

$ 641

Trabajo de parto por Obstétrica

$ 1250

Honorarios punción/biopsia dirigida

$ 542

Adicional Jefe de Servicio

$ 11730

Adicional por función de coordinación Clase A

$ 7479

Adicional por función de coordinación Clase B

$ 4635

Adicional por Servicio

$ 4238

Galeno quirúrgico

$ 15,15

Adicional por Dirección de Hospital 30 de Agosto

$ 10526

Adicional por Ruralidad

15 % del Básico

Adicional por Dedicación Exclusiva

30% del Básico

ARTICULO 6º: De los valores de las prácticas profesionales.-

Kinesiología

Sesión kinesiológica en internación

$ 62

Kinesiología

Sesión Kinesiológica ambulatoria

$ 82

Kinesiología

Sesión kinesiológica en domicilio

$ 110

Terapia Ocupacional

Sesión de Terapia Ocupacional

$ 110

Terapia Ocupacional

Intervención en Institución (x día)

$ 886

Psicóloga

Sesión de Psicoterapia

$ 179

Anatomía Patológica

Biopsia diferida

$ 575

Anatomía Patológica

Biopsia inmediata

$ 745

Anatomía Patológica

Papanicolaou

$ 235

Anatomía Patológica

Biopsia Fetal

$ 2980

Cardiología

Holter ECG

$ 456

Cardiología

MAPA

$ 456

Cardiología

Eco Stress

$ 1390

Cardiología

Ecocardiograma bidimensional

$ 194

Cardiología

Ergometría

$ 472

Cardiología

Ecocardiograma transesofágico

$ 1807

Medicina Nuclear

Perfusión miocárdica

$ 1807

Medicina Nuclear

Centellograma renal

$ 1112

Medicina Nuclear

Radiorenograma

$ 1390

Medicina Nuclear

Centellograma óseo

$ 2781

Medicina Nuclear

Centellograma con infecton

$ 2781

Medicina Nuclear

Centellograma paratiroideo

$ 1042

Medicina Nuclear

Centellograma tiroideo

$ 624

Medicina Nuclear

Material radioactivo

s/ CEDIM*****

Fonoaudiología y ORL

Consulta

$ 110

Fonoaudiología y ORL

Otoemisiones acústicas

$ 458

Fonoaudiología y ORL

Potenciales evocados auditivos

$ 906

Fonoaudiología y ORL

Naso y fibrolaringoscopia

$ 834

Fonoaudiología y ORL

Impedanciometria

$ 250

Fonoaudiología y ORL

Broncosfibroscopia

$ 902

Fonoaudiología y ORL

Timpanometria

$ 265

Neumonología

Broncosfibroscopia

$ 973

Neumonología

Espirometria

$ 458

Urología

Uroflujometria

$ 1042

Neurología

ECG bajo sueño prolongado

$ 1046

Neurología

ECG simple o con actividad compleja

$ 457

Neurología

EMG Velocidad de conducción

$ 621

Neurología

Mapeo Cerebral

$ 748

Neurología

Polisomnografia

$ 1807

Obstétrica

Trabajo de parto

$ 1529

Gastroenterología

Endoscopia digestiva alta

$ 1324

Gastroenterología

Endoscopia digestiva baja

$ 1589

Gastroenterología

Rectoscopia

$ 212

Gastroenterología

Polipectomia

$ 1589

Gastroenterología

CPRE

$ 10332

ARTICULO 7º: De los valores de las prácticas de imágenes

Radiología

Pielografia con cortes tomograficos

$ 1112

Radiología

Cistouretrografia

$ 1112

Radiología

Seriada gastroduodenal

$ 1112

Radiología

Colon por enema

$ 1112

Radiología

Histerosalpingografia

$ 1112

Radiología

Densitometría ósea

$ 973

Radiología

Radiografía panorámica

$ 346

Radiología

Perfil de cráneo

$ 346

Imágenes hospitalarias

Ecografía abdominal completa

$ 229

Imágenes hospitalarias

Ecografía obstétrica ginecológica

$ 165

Imágenes hospitalarias

Ecografía mamaria

$ 165

Imágenes hospitalarias

Ecografía tiroidea

$ 118

Imágenes hospitalarias

Ecografía hepatobiliar

$ 165

Imágenes hospitalarias

Ecografía vesico prostática

$ 118

Imágenes hospitalarias

Ecografía oftalmológica

$ 165

Imágenes hospitalarias

Ecografía testicular

$ 118

Imágenes hospitalarias

Ecografía cerebral

$ 165

Imágenes hospitalarias

Ecografía transvaginal

$ 165

Imágenes hospitalarias

Ecografía renal

$ 165

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Periférico

$ 304

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Periférico 2ª Región

$ 152

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Cardiaco

$ 221

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler general

$ 308

Imágenes hospitalarias

Mamografía

$ 138

Imágenes hospitalarias

Marcación de mama por Mamografía

$ 3199

Imágenes hospitalarias

Día de informe radiológica

$ 624

Imágenes hospitalarias

Punción guiada por ecografía

$ 4741

Imágenes extra hospitalarias

RMN 1ª exposición

$ 2124

Imágenes extra hospitalarias

RMN 2ª exposición

$ 1701

Imágenes extra hospitalarias

Gadolinio

$ 184

Imágenes extra hospitalarias

TAC Helicoidal

$ 1489

Imágenes extra hospitalarias

Contraste EV

$ 147

Imágenes extra hospitalarias

Contraste oral

$ 111

Imágenes extra hospitalarias

Contraste oral y endovenoso

$ 271

Imágenes extra hospitalarias

Angio TCMS

$ 2557

Imágenes extra hospitalarias

Colangio Resonancia

$ 2120

ARTÍCULO 8º: De los valores de los traslados:

Traslado por profesionales médicos traslado a CABA

$ 5000

Traslado por profesionales médicos a La Plata

$ 5000

Traslado por profesionales médicos a Bahía Blanca o Junín

$ 3991

Traslado por profesionales médicos a Santa Rosa

$ 1971

Traslado por profesionales médicos a 30 de Agosto

$ 844

Traslados por choferes y enfermera a CABA o La Plata

$ 2200

Traslados por choferes y enfermera a Bahía Blanca o Junín

$ 1481

Traslados por choferes y enfermera a Santa Rosa

$ 740

Traslados por choferes y enfermeras a Berutti

s/ hora extra

Traslados por choferes y enfermera a 30 de Agosto

$ 339

ARTICULO 9º: De los valores de Odontología

Odontología

Consulta

$ 95

Odontología

Restauración simple

$ 123

Odontología

Restauración compuesta

$ 123

Odontología

Restauraciónestética

$ 123

Odontología

Tratamiento de conducto uniradicular

$ 123

Odontología

Tratamiento de conducto multiradicular

$ 158

Odontología

Tarctrectomìa

$ 91

Odontología

Motivación

$ 82

Odontología

Formocresol

$ 82

Odontología

Radiografías

$ 46

Odontología

Extracción simple

$ 95

Odontología

Extracción restos radiculares

$ 95

Odontología

Punción y drenaje

$ 95

Odontología

Frenectomía

$ 95

Odontología

Extracción de retenidos

$ 463

Odontología

Extracción de quistes y tumores

$ 370

Odontología

Prótesis parcial removible superior

$ 463

Odontología

Prótesis completa removible inferior

$ 463

Odontología

Prótesis completa superior

$ 575

Odontología

Prótesis completa inferior

$ 575

Odontología

Compostura simple

$ 95

Odontología

Compostura con agregado de un diente

$ 95

Odontología

Compostura con agregado de un retenedor

$ 95

Odontología

Compostura con agregado de diente y retenedor

$ 95

Odontología

Diente subsiguiente

$ 95

Odontología

Rebasado

$ 95

Odontología

Topicación con flúor

$ 95

ARTICULO 10º: De los valores de las prácticas oftalmológicas

Oftalmología

Cirugía de cataratas

$ 11748

Oftalmología

Glaucoma

$ 9039

Oftalmología

Cirugía de estrabismo

$ 11748

Oftalmología

Chalazión

$ 2237

Oftalmología

Pterigion

$ 3615

Oftalmología

Entropion y Ectropion

$ 3615

Oftalmología

Laser de Argón (por ojo por sesión)

$ 1808

Oftalmología

Dacriocistorinostomia

$ 11751

Oftalmología

Inyección de Avastin

$ 3615

Oftalmología

Yag Laser (por ojo)

$ 1808

Oftalmología

Angiografía digital

$ 1264

Oftalmología

Campo visual computarizado

$ 441

Oftalmología

Topografía corneal

$ 441

Oftalmología

Fondo de ojo

$ 111

Oftalmología

Ecometría

$ 721

ARTICULO 11º: De los valores de las prácticas de anatomopatología

BIOPSIA

CODIGO

HONORARIOS

GASTOS

TOTAL

Biopsia diferida

15.02.01

$ 318

$ 257

$ 575

Biopsia inmediata

15.02.02

$ 413

$ 333

$ 746

Papanicolaou

15.02.03

$ 152

$ 81

$ 233

Autopsia neonato

15.02.04

$ 1200

$ 1788

$ 2988

ARTICULO 12º: De los valores del Programa Recreativo de Adultos Mayores

Respecto al programa P.R.A.M. (Programa Recreativo de Adultos Mayores) las horas de actividades no podrán superponerse con la carga horaria de Atención en los Centros de Atención Primaria. El valor de las horas extras se abonarán conforme a la normativa vigente en función de la categoría del agente de salud más un 20% según tabla adjunta.

CATEGORIA

Valor PRAM

1

76

2

72

3

91

4

97

5

105

6

113

7

128

8

151

9

174

El valor de “Hora extra comunitaria” efectivamente realizada y de la hora PRAM no está incluida en la productividad, deben ser registradas e informadas por los responsables de cada CAPS y refrendadas por el Secretario de Salud.-

ARTICULO 13º: De los pisos y techos de la productividad

La productividad generada por los profesionales se abonará solo cuando se supere el “piso”. En tal caso, se abonará, junto a su sueldo, antigüedad y demás componentes del salario la productividad generada menos el “piso”. Si la misma superara el techo se abonará el “techo”.

Carga horaria

Piso productividad

Techo productividad

12

6953

8344

24

13908

15299

30

15299

16690

36

16690

18213

48 (ded. excl.)

18213

19471

A modo de ejemplo, un profesional de 30 hs de carga horaria que genera $ 18.000.- cobrara $ 2.701.- como Productividad. Si su productividad fuera de $ 4500.- no cobraría nada en ese concepto y por el contrario, si la productividad fuera de $ 34.000.- cobraría en ese concepto $16.690.-

ARTICULO 14º: Derogase toda norma que se oponga a la presente.-

ARTICULO 15º: Notifíquese a los interesados, a las dependencias que corresponda, regístrese y archívese.-

Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen