Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº27/20

Decreto Nº 27/20

Hipólito Yrigoyen, 06/01/2020

Corresp. Expte. 4057-180/19.-

D  E  C  R  E  T  O   Nº 27/20.-

Visto

La nota presentada por la Comisión Directiva del Aero Club Henderson mediante la cual solicita subsidio, destinado al fomento Aeronáutico, y

Considerando

Que mediante Convenio con la  Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria designa depositaria a la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen y esta recibe y acepta el predio y las instalaciones del Aeródromo Publico Provincial de Henderson, con el objeto de atender las erogaciones que deban efectuarse para asegurar el buen estado de conservación y funcionamiento del Aeródromo.-

 

Destinar el sesenta por ciento (60%) del producido de la explotación de las áreas libres del Aeródromo a la conservación de este y el cuarenta por ciento (40%) restante al fomento aeronáutico.-

 

Enviar anualmente a la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial, Planificación Aeroportuaria de la Provincia de Buenos Aires una memoria y balance de la administración del Aeródromo consignando el producido de su explotación y el destino del mismo, entre otras.-

 

Que por los conceptos mencionados ha ingresado al Municipio la suma de pesos cuatrocientos treinta mil trece con cincuenta centavos ($ 430.013,50).-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS 

.- D  E  C  R  E  T  A  -.

 

ARTICULO 1º: Subsídiese a la COMISIÓN DIRECTIVA DEL AERO CLUB HENDERSON  en la suma de pesos cuatrocientos treinta mil trece con cincuenta centavos ($ 430.013,50) destinado al Fomento Aeronáutico.-

 

ARTICULO 2º: Lo dispuesto el artículo anterior se imputará a la Partida jurisdicción 110102000 – SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA – CATEGORIA PROGRAMATICA- 01.00.00- ACCION COMUNAL – 19- AERÓDROMO- 35.1.01.41- FOMENTO AERONAUTIVO- FINANCIAMIENTO 132 – DE ORIGEN PROVINCIAL- 5.1.7.0.

 

TRANSFERENCIAS A OTRAS INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO.-

 

ARTICULO 3º: La citada Institución deberá presentar ante la Tesorería Municipal los respectivos comprobantes por el subsidio otorgado.-

 

ARTICULO 4º: Regístrese, Comuníquese y Publíquese. Cumplido Archívese. -