Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 195/20
Hipólito Yrigoyen, 10/02/2020
Corresp. Expte. N° 4057-0766/15-
DECRETO Nº 195/20 .-
Visto
Las atribuciones del Departamento Ejecutivo municipal conforme los artículos 107, 108 y concordantes, y artículos 178 y 181 inc. a) de la Ley Orgánica para las Municipalidades que rige en nuestro ámbito provincial, sobre facultades de delegación de funciones en las Secretarías del Departamento Ejecutivo, y,
Considerando
Que conforme la Ley Orgánica para las Municipalidades compete al Departamento Ejecutivo la creación y funcionamiento de las Secretarías, Subsecretarías Direcciones y áreas que se estimen necesarias para un adecuado cumplimiento de las competencias conferidas
Que el Departamento Ejecutivo estableció por Decreto 781/2015, las diferentes Direcciones y áreas a través de las cuales se lleva a cabo la conducción de las acciones de gobierno y la administración del Estado en el ámbito municipal.
Que posteriormente, mediante decreto 623/16 se crea en el ámbito de la Administración Central, la Secretaria de Asuntos Legales y Seguridad en el marco de lo normado por el artículo 178 inc.1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, determinando las funciones y atribuciones que le fueran propias en el marco de su competencia.
Que a fin de garantizar un eficaz cumplimiento de las metas de gobierno, resulta necesaria la reestructuración administrativa de las diferentes aéreas que lo compondrán a partir de la política a implementar, la expresa determinación de las funciones y ámbito de su incumbencia, esto, sin perjuicio de las legalmente instituidas y muy especialmente la personas de los funcionarios que ejercerán cada una de las mismas.
Que asimismo, en el marco de dichas estructuras confluyen diferentes áreas y dependencias en el ámbito jurídico, y como lógica consecuencia de ello, la necesidad de organizar un funcionamiento de las mismas basadas en criterios de racionalidad, eficiencia y dinamismo, atento la pluralidad de las funciones y atribuciones que ejerce la Secretaria de de Asuntos Legales.
Que en tal sentido, existe la necesidad de implementar una estructura jurídica, bajo la órbita de la SECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES, conforme Ordenanza nº 49/19 y 50/19 relativa a la aprobación del presupuesto y complementaria del mismo, con sus unidades organizacionales, donde se efectúe principalmente el asesoramiento legal sobre los proyectos de actos administrativos, de administración, resoluciones, ordenanzas y cualquier otra clase de decisión que deba materializarse formalmente y proponer, en su caso, textos alternativos con ajuste a las normas jurídicas aplicables.
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: DERÓGUESE en todas sus partes el Decreto 623/2016 de fecha 05 de Octubre de 2016.-
ARTICULO SEGUNDO: La SECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES tendrá a su cargo las funciones y áreas que se detallan a continuación:
I.- Área Legal:
g) Llevar un Registro Especial de Ordenanzas y Disposiciones en general, numerado correlativamente, que adhieran a normas de carácter Provincial, conforme el art. 108 inc 19 de la LOM
h) Confeccionar los contratos o convenios que celebre la comuna con particulares, el estado provincial o nacional u organismos oficiales, públicos o privados, como así también convenios de pago y reconocimiento de tasas municipales
i) Confeccionar el libro de licitaciones y contrataciones, de acuerdo a la normativa vigente con su debida rubrica y registración.
j) Tendrá a su cargo la gestión, impulso procesal y tramitación de todas las causas judiciales en las que sea parte la Comuna,
II.- OMIC (OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACION AL CONSUMIDOR)
III.- SERVICIO LOCAL DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
a).- tiene a su cargo el desempeño de funciones que tiendan a facilitar el acceso a los programas y planes disponibles en la comunidad de aquellos niños que tengan amenazados o vulnerados sus derechos.
b).- Actúa protegiendo, asesorando, orientando, acompañando y elaborando estrategias mediante la articulación de acciones en red con diferentes actores gubernamentales (salud, justicia, educación, etc.), organizaciones de la Sociedad Civil, y demás actores comunitarios y sociales.
IV.- GÉNERO, DIVERSIDAD Y VIOLENCIA FAMILIAR.-
a).- tiene como función principal el asesoramiento, acompañamiento y asistencia a personas en situación de violencia o de vulneración de derechos;
b).- formar y generar espacios de debate y actualización en temáticas abordadas.
c).- impulsar políticas públicas municipales que promuevan la inclusión desde un enfoque de derechos, perspectiva de género y diversidad.
d).- la implementación de medidas tendientes a la ejecución de programas de capacitación, información y educativos provenientes de organismos Nacionales y/o Provinciales, y de todas aquellas medidas que los Organismos locales en relación a la materia determinen.-
e) Será un nexo entre el Departamento Ejecutivo y la Comisaria de la Mujer a fin de establecer acciones conjuntas, para llevar adelante los fines específicos de cada organismo en su ámbito de competencia, como así mismo el mantenimiento edilicio donde funciona la misma, y el personal técnico y/o administrativo municipal afectado a dicha dependencia policial.
VI.- AERÓDROMO
a).- será a cargo de la Secretaria de Asuntos Legales, el cumplimiento de lo estipulado en el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen y la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial y Planificación Aeroportuaria, convalidado por Ordenanza 39/18.
b).- ejercer la administración y contralor de todo lo relativo al Aeródromo.
c).- asegurar el buen estado de conservación y funcionamiento del aeródromo.
VII.- DEFENSA CIVIL
a).- coordinar con los demás organismos intervinientes para dar respuesta inmediata ante emergencias (incendios, derrames de sustancias tóxicas, inundaciones, etc.), a fin de salvaguardar la vida y los bienes de la población y mitigar los posibles riesgos asociados al evento.
b).- ejercer las acciones preventivas y de preparación, en todo lo relativo a la evaluación y control de los planes de evacuación de discotecas bailables, geriátricos, eventos masivos, etc. según la legislación vigente y el asesoramiento en materia de medidas contra incendio y seguridad en edificios Públicos y privados.
c).- realizar relevamientos socio técnicos de diverso tenor, con el objeto de minimizar los riesgos existentes, consultar y analizar las distintas variables que se puedan presentar ante una emergencia a través del Sistema de Información Geográfico (SIG) realizándose estudios preliminares de riesgo.
d) en lo que hace al trabajo permanentemente con la comunidad, se desarrollan actividades de capacitación en instituciones públicas, privadas y del tercer sector, tendiendo a la formación de multiplicadores y promoviendo el fortalecimiento de los lazos con diversos grupos comunitarios. Además, promueve la difusión de medidas de autoprotección por diversos medios.
ARTICULO TERCERO: DESIGNESE a la Dra. Linda Marina López DNI 26.255.199, responsable de la Secretaria de Asuntos Legales.-
ARTICULO CUARTO: Dejase sin efecto en el Decreto N° 781/15 la parte pertinente a Dirección de Asuntos Legales, Jurídicos y de Seguridad; art. 3 del Decreto 561/2018.-
ARTICULO QUINTO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-