Boletines/Mercedes

Resolución Nº67/2020

Resolución Nº 67/2020

Mercedes, 05/03/2020

Visto

El expediente N°8183 del año 2018 caratulado: “TRICARICO GONZALO EMANUEL s/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, y:

Considerando

Que el día 22 de marzo del año 2019 el peticionante de autos sale sorteado en el primer sorteo suplente N°14 del Programa MI TERRENO.

Que según consta en declaración jurada obrante a fs. 1, la condición de su vivienda es de “préstamo”.

Que el día 10 de febrero del año 2020 se llama al peticionante de autos para proceder con la elección de un terreno dentro del desarrollo urbanístico vigente.

Que atento no haber acompañado documental alguna al momento de la inscripción también se le solicitó documentación que acredite su condición de vivienda actual, ya sea contrato de locación o comodato del inmueble que habita, para poder dar continuidad con las correspondientes actuaciones administrativas.

Que no habiendo podido ser notificado en la dirección aportada por él en la declaración jurada obrante a fs.1  es que se libra cédula al domicilio de su trabajo el día 11 de febrero del año 2020, solicitando que el día 18 de febrero se haga presente en nuestras dependencias para proceder con la elección del terreno; y además presente la documentación antes mencionada.

Que el día 12 de febrero del año 2020 se presenta en nuestras dependencias el Sr. Tricarico, atento la cédula recibida y se le notifica que debe presentar comodato en un plazo de 10 (diez) días hábiles, bajo apercibimiento de dar por desistida su calidad de preadjudicatario.

Que estando cumplidos los plazos establecidos, el peticionante no se hizo presente en nuestras dependencias.

 Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en su artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO, impidiendo por tal su acceso como preadjudicatario, del Sr. TRICARICO GONZALO EMANUEL DNI 33317152, por incomparecencia injustificada, presumiendo su ánimo de dueño respecto de la vivienda donde habita, y por obstrucción de investigación a los fines de corroborar el cumplimiento de los requisitos establecidos por Ordenanza 7982/17.

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art.65, 86 y 89  de la Ordenanza General N°267.

Artículo 3°: Previo archivo, pase al Departamento de Tierras a los fines de realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art.5° anexo Decreto 1405/18).