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Decreto Nº418/2020

Decreto Nº 418/2020

Mercedes, 31/03/2020

Visto

El Expediente N° 1386/20 y la declaración de emergencia en nuestra ciudad dispuesta en Decreto N° 329/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y el Decreto municipal N° 394/20 de instrumentación del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y las sucesivas disposiciones que se están dictando por las autoridades nacional y provincial;

Considerando

Que en el marco de la presente emergencia el Ministerio del Interior de la Nación dictó la Resolución N° 48 que crea el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”.

Que mediante Decisión Administrativa N° 446/2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, se determinó la vigencia obligatoria del Certificado Único a partir del día 6 de abril de 2020.

Que conforme Artículo 2 inciso D de la mencionada Decisión Administrativa, el poder ejecutivo local debe establecer las formalidades de circulación de sus agentes en cumplimiento de servicios esenciales.

Que desde la vigencia de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatoria y en cumplimiento de la excepción para áreas de servicios esenciales, la Subdirección de Recursos Humanos implementó mecanismos digitales de emisión y control de certificados de circulación mediante el portal de http://autogestion.mercedes.gob.ar/login.

Que corresponde aprobar el modelo de certificado conforme recomendaciones de la autoridad nacional.

Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:

DECRETA

ARTÍCULO 1º: APRUEBASE el modelo de Certificado de circulación para agentes municipales y personal que cumpla funciones en este Municipio en áreas declaradas como de servicios esenciales, que luce en Anexo I, el cual podrá ser exhibido ante las autoridades que lo requieran en formato digital mediante dispositivos electrónicos.

ARTÍCULO 2°: Regístrese. Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.-