Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 423/20
Hipólito Yrigoyen, 29/04/2020
Expediente Nº 4057- 1030 /20.-
DECRETO Nº 423/20-
Visto
Las actuaciones del Expediente Nº 4057-1030/20 por medio del cual se realizan investigaciones preliminares con el fin de determinar la responsabilidad del agente municipal Thomas Rubén Marcelo DNI Nº 13.232.896, Legajo 5501, quien se desempeña como empleado desempeñando tareas de mantenimiento en la Dirección de Deportes.-
La intervención de la Secretaria de Legales, al efecto.-
Considerando
Que en los obrados mencionados, se agrego el acta de denuncia de la Directora de Deportes a fojas 03 de autos, en la cual manifiesta que un empleado municipal abocado a tareas de mantenimiento del área a su cargo le informa que, el agente municipal Thomas Rubén Marcelo, había colocado combustible perteneciente a la Comuna en su motocicleta particular.
Que se incorporan de la misma manera, los registros fílmicos extraídos de las cámaras de vigilancia agregados por la Secretaria de Seguridad.-
Que asimismo, la Dirección de Personal informa la situación de revista del mentado agente.
Que la Ordenanza Municipal Nº 17/16 que rige el Estatuto para los Empleados Municipales, establece en su artículo 71 inc. a) la obligación del agente de “Prestar los servicios en forma personal, regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño, a la productividad y a la eficiencia de la Administración Municipal” . Que por su parte, el inciso c) del mismo articulado, prescribe “Cuidar los bienes municipales, velando por la economía del material y la conservación de los elementos que fueran confiados a su custodia, utilización y examen”.
Que el artículo 128 del mentado plexo normativo, prevé para el personal de planta transitoria, que las obligaciones y prohibiciones del personal serán las previstas en el artículo 71º y 72º de la misma.
Que el art. 129 de la misma normativa prevé que con respecto al régimen disciplinario serán aplicables al personal transitorio los procedimientos sumarios contemplados para el personal de planta permanente.-
Que finalmente, el art. 77 inc. 4 prevé la sanción hasta con cesantía por incumplimiento del trabajador de los deberes impuestos por el art. 71.-
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: ORDENESE la instrucción de un sumario administrativo por el termino de sesenta (60) días corridos desde el presente, al agente municipal Thomas Rubén Marcelo DNI Nº 13.232.896, Legajo 5501, en los términos de los artículos 129, 71, 73 y sig, y art. 77 de la Ordenanza Nº 17/16, en un todo de acuerdo con los fundamentos expuestos en el exordio del presente.-
ARTICULO SEGUNDO: DESIGNESE agente sumariante a la Dra. Linda Marina López Secretario de Asuntos Legales, delegándole las facultades de citar a las partes, recabar pruebas, ordenar la producción de las mismas, diligenciar las notificaciones que considere, realizar pedidos de informes, y de realizar todas las actividades propias a fin de la sustanciación del sumario administrativo ordenado en el presente.-
ARTICULO TERCERO: DECLARESE el secreto de sumario hasta que el instructor dé por terminada la prueba de cargo en los términos del artículo 90 de la Ordenanza 17/16.-
ARTICULO CUARTO: DECLARESE Previo a la sustanciación del procedimiento, y a fin de garantizar el derecho a la defensa del agente municipal sumariado, notifíquese al mismo el presente decreto. Hágasele saber, asimismo conforme el artículo 94 de la Ordenanza 17/16, que tendrá derecho a hacer uso de asistencia letrada, durante todo el proceso sumarial, y que tal intervención, durante la etapa secreta, se limitará a las medidas que autoriza el Código Procesal Penal para esta etapa, en los sumarios para causas penales.
ARTICULO QUINTO: Cumplidos los recaudos del artículo que antecede dese intervención a la Secretaria de Asuntos Legales a fin de dar consecución a lo ordenado en el presente acto administrativo, y a la Dirección de Personal y Dirección de Deportes a efectos de tomar conocimiento.
ARTICULO SEXTO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-
INTENDENTE MUNICIPAL SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA
Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni.- Dr. Martin Arpigiani.-