Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº480/20

Decreto Nº 480/20

Hipólito Yrigoyen, 22/05/2020

Expediente Nº 4057- 2717/18

                                                                       

DECRETO Nº 480/20-

Visto

Las actuaciones del expediente administrativo 4057- 2717/18, en las cuales la Comuna suscribe un convenio de colaboración y adhesión para la implementación  del Servicio de Atención Medica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires (SAME)

Considerando

Que mediante el acuerdo mencionado ut supra la Comuna se compromete a desarrollar con la Provincia acciones conjuntas tendientes a implementar en el Municipio de Hipólito Yrigoyen el SAME,

Que en el marco del mencionado convenio la Provincia realiza erogaciones destinadas a la Comuna para el funcionamiento del mentado servicio de atención médica.-

Que asimismo, la Comuna asume el compromiso de seleccionar y contratar personal necesario para la plena ejecución del programa en la jurisdicción local, con el perfil de recurso humano, de conformidad con los manuales de procedimiento.-

Que al efecto la Comuna ha contratado personal exclusivo para cumplir labores en el desarrollo del servicio, y por razones imperante a la necesidad de contar con personal adecuado y experiencia en el área de salud, se ha afectado personal que se encuentra laborando en  otras áreas afines.-

Que atento al cumulo de tareas y al compromiso extraordinario que deben asumir los agentes asignados,  se considera necesario incentivar a los mismos a efectos de un reconocimiento,  y para  propender al optimo funcionamiento del programa, teniendo en cuenta también la importancia del servicio en nuestra Comunidad,  y la especial y sensible área de injerencia.-

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: OTORGUESE a la agente municipal ROJAS OERTLINGER, MIGUEL  DNI Nº 38.403.933 Legajo Nº 5831, una bonificación extraordinaria por estimulo (SAME) conforme lo establece el artículo 24 inc j. del Estatuto para el Empleado Municipal, según Ordenanza Nº 17/2016, la cual será del cien (100) por ciento (%)  total del sueldo básico de la categoría del mencionado empleado.-

ARTICULO SEGUNDO: ESTABLEZCASE que la remuneración por estimulo del artículo primero del presente serán otorgadas a partir del   mes de Mayo de 2020 . -

ARTÍCULO TERCERO: IMPUTENSE las erogaciones a la siguiente partida:

Jurisdicción: 1110104000. Secretaria de Salud Pública.

Categoría Programática: Secretaria 20.00.00 – SAME

Recurso: 17.5.01.09 – SAME Provincia.

Fuente de Financiamiento: 110. De Origen Municipal

ARTICULO CUARTO: DESE intervención a la Dirección de Personal  y Contaduría para dar cumplimiento a lo ordenado en el presente. -

ARTICULO QUINTO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-

 

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                       INTENDENTE MUNICIPAL                                       

                  Dr. Martin Arpigiani.-                                                           Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni.-