Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 2015/2020
Trenque Lauquen, 15/05/2020
D2015 - E6213 - Continuidad laboral HCD
Visto
La situación de Emergencia Sanitaria reinante en el país, que derivó en el aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional; (Exp. 6213/13 HCD.) y
Considerando
que la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante a través del Decreto N° 2011/2020, dispuso la apertura para la atención al público a partir del 27 de Abril en el horario de 8:00 a 12:00;
que el pasado 8 de Mayo el Cuerpo mantuvo la 3° Sesión Ordinaria, la cual se celebró a través de un Sistema de Comunicación Audiovisual o Videoconferencia;
que de la misma manera pueden celebrarse las reuniones de Comisión, dado que así lo habilita la modificación introducida al Decreto N° 1461/12 <Reglamento Interno del HCD>;
que desde esta Presidencia se viene trabajando constantemente en pos de brindar todas las herramientas necesarias para el mejor desarrollo de las tareas, tanto de Concejales como del personal;
que en función de lo expresado precedentemente, corresponde establecer la modalidad de trabajo del Cuerpo Deliberativo, mientras estén vigentes las disposiciones dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional, en virtud de la Pandemia.
POR ELLO:
PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, en uso de las atribuciones que le otorga la legislación vigente:
D E C R E T A
Artículo 1°.-) Dispónese continuar con la Atención al Público en el horario de 8:00 a 12:00 hs y guardia administrativa para la atención de Concejales de 16:00 hs a 20:00 hs, mientras estén vigentes las disposiciones dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional, en virtud de la Pandemia.
Artículo 2°.-) Dispónese que a partir del próximo Lunes 18 de Mayo comiencen las reuniones de Comisiones Internas y Sesiones Ordinarias de acuerdo a la periodicidad prescripta por el Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante –Decreto N° 1461/12.
Artículo 3°.-) Establécese que las reuniones de Comisiones Internas podrán realizarse por sistema de videoconferencia o presencial, en este caso asegurando las medidas sanitarias y de distanciamiento necesarias para proteger la salud, tanto de los Concejales como del Personal que desempeña tareas en el HCD. Los Presidentes de cada Comisión en acuerdo con los miembros de la misma, establecerán la forma de reunión a utilizar.
Cuando las reuniones de Comisión se realicen por Videoconferencia, los Despachos emitidos por la misma serán firmados por el Presidente de la Comisión respectiva, sin perjuicio de ello podrán ser rubricados dentro de las 24 horas siguientes por aquellos concejales que así lo deseen.
Todos los Despachos de Comisión, sean consensuados en mayoría o por minoría deberán quedar asentados en el Libro de Actas de la Comisión y podrán ser presentados a través de los canales de comunicación del Concejo, (correo electrónico, wattsapp u otro) siempre que pueda comprobarse fehacientemente su procedencia, y cumpla con los plazos establecidos por la reglamentación vigente.
Artículo 4°.-) La Presidencia del Cuerpo establecerá el mecanismo por el cual se realizarán las Sesiones Ordinarias que podrán ser presenciales o por sistema de videoconferencia.
Artículo 5°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Trenque Lauquen, 15 de Mayo de 2020.
Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante