Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5025/2020

Ordenanza Nº 5025/2020

Trenque Lauquen, 08/05/2020

VISTO: La Ley Nacional Nº 25.506, la Ley Provincial N° 13.666 (Exp. N° 6503/2020 HCD.), y;

CONSIDERANDO: que la tecnología puede ser un aliado clave para lograr mejores resultados en la gestión de acciones públicas.

que la conectividad y el acceso a la tecnología disponible, pueden convertirse en herramientas y estrategias para gestionar y desarrollar acciones necesarias que faciliten el funcionamiento de organismos públicos y asegurar el desenvolvimiento de las instituciones;

que para ello es necesario contar con disposiciones legales que simplifiquen los trámites y a la vez faciliten al Municipio su actividad, disminuyendo el tiempo de labor y cuidando el medio ambiente con el consiguiente ahorro de papel e impresiones;

que no sólo simplifica el recorrido de cada trámite administrativo o expediente, sino que además facilita los procesos cuando se deben firmar decenas o cientos de documentos;

que la firma digital es una herramienta que permite garantizar la autoría e integridad de los documentos digitales, con procedimientos técnicos de creación y verificación que respaldan el valor legal de las firmas siendo estas infalsificables e innegables.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Adhiérase a la Ley N° 13.666 y sus modificatorias de la Provincia de Buenos Aires que dispone la adhesión a la Ley Nacional Nº 25.506 “Ley de Firma digital”.

Artículo 2º.-) Autorízase el uso de la firma digital al Departamento Ejecutivo, al Honorable Concejo Deliberante, como así también a todo otro organismo dependiente del estado municipal.

Artículo 3º.-) Autorízase al Departamento Ejecutivo a establecer la Autoridad de Registro y a dictar Decretos y reglamentos que contemplen disposiciones adecuadas a los fines de la implementación de la presente.

Artículo 4º.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

SANCIONADO DE MANERA VIRTUAL A TRAVÉS DE SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTE.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 0700/2020 – 15/04/2020

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.