Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 544/20
Hipólito Yrigoyen, 12/06/2020
CORRESP/EXPTE Nro. 4057-813/20.-
D E C R E T O Nro 544/20.-
Visto
El Decreto N° 163/20 que determina los valores que cobraran los Agentes como Bonificación por fallo de caja, y
Considerando
Que por error involuntario se estableció que la presente bonificación estaba prevista en el Articulo 24 Inc. “h” de la Ordenanza 017/16 Estatuto para el Personal Municipal.-
Que de acuerdo a las modificaciones y actualizaciones del Estatuto Municipal corresponde indicar que la misma se encuentra prevista en los artículos 7 y 8 de la Ordenanza N° 50/19.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
D E C R E T A
ARTICULO 1ro: Rectificase el Decreto N° 163/20 en sus vistos y considerandos, manteniendo el texto del Articulado, que quedara redactado de la siguiente forma:
Articulo 1°): …” Con retroactividad al día 01-01-2020, asígnense las siguientes BONIFICACIONES POR FALLO DE CAJA:
ACOSTA NILDA VIVIANA 30% SUELDO BASICO
STIEB ALEJANDRA MARIA 30% SUELDO BASICO
ARTICULO 2do:_Las Bonificaciones a que hace referencia el artículo precedente, mantendrán su vigencia durante el presente Ejercicio mientras que el Agente se encuentre en el tiempo efectivo de trabajo.-
ARTICULO 3ro:Las BONIFICACIONES dispuestas en el Artículo 1, serán atendidas con cargo a 1110102000 – SECC. DE GOBIERNO Y HACIENDA- 01 ACCION COMUNAL - 1100 PERSONAL PERMANENTE -1300 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS 1310 RETRIBUCIONES EXTRAORDINARIAS – 1.3.1.4. BONIFICACION POR FALLO DE CAJA.-
ARTICULO 4to:_Regístrese, Comuníquese. Para su conocimiento y efectos correspondientes, pase a Oficina de Personal, siga a Contaduría y Tesorería, agréguese copia del presente Decreto en el Legajo Personal de cada uno de los Agentes alcanzados por la medida. Cumplido archívese.-
SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA INTENDENTE MUNICIPAL
Dr. Martin Arpigiani.- Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni.-