Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 568/20
Hipólito Yrigoyen, 22/06/2020
Expediente Nº 4057-1070/20
DECRETO Nº 568/20-
Visto
Las actuaciones del Expediente Nº 4057-1070/20 por medio del cual se realizan un Acta de imputación de falta al Agente Municipal Cesar Emilio Piccirillo, DNI Nº 17.750.543, Legajo N° 9969 quien realiza tareas de mantenimiento en el Polideportivo Municipal. -
La intervención de la Secretaria de Legales, al efecto.-
Considerando
Que en principio motiva las presentes actuaciones, el informe por parte de la Directora de Deportes, con respecto a la negligencia puesta de manifiesto por el Agente Municipal mencionado en el cumplimiento de sus tareas y en forma reiterada.
Que la Ordenanza Municipal Nº 17/16 que rige el Estatuto para los Empleados Municipales, establece en su artículo 71 inc. a) la obligación del agente de “Prestar los servicios en forma personal, regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño, a la productividad y a la eficiencia de la Administración Municipal” .
Que el artículo 75 de la Ordenanza 17/16 establece las sanciones disciplinarias, por las transgresiones en que incurrieren los agentes municipales, a saber: Correctivas como Llamado de atención, apercibimiento, y suspensión de hasta TREINTA (30) DIAS corridos; y expulsivas como cesantía y exoneración.-
Que el artículo 76 del mentado plexo normativo, prevé como causas para aplicar las sanciones disciplinarias enunciadas en los incisos a), b) y c) del artículo 75 las siguientes: 1. Incumplimiento reiterado del horario fijado. 2. Falta de respeto a los superiores, iguales o al público. 3. Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones. 4. Inasistencia injustificada a la convocatoria de reconocimiento médico por la Junta Médica Local, encontrándose debidamente notificado.-
Que se dio traslado al Agente Municipal por el término de diez (10) días hábiles, a fin de que dentro de los cuales éste efectúe su defensa y proponga las medidas de prueba que crea oportunas a tal efecto.- (Articulo 92 de la Ordenanza Nº 17/16, Articulo 92 Ley 10.430 y decreto reglamentario), y habiéndose vencido el plazo conferido el citado no compareció.-
Que en este sentido se dio intervención a la Dirección de Deportes a fin de que dictamine lo que estime corresponder en el marco del Articulo 83 de la Ordenanza 17/16.-
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: DISPONGASE al agente municipal CESAR EMILIO PICCIRILLO , DNI Nº 17.750.543, Legajo 9969, la sanción de Llamado de Atención, conforme el artículo 75 Inc. a del Estatuto para los Empleados Municipales, ello en un todo de acuerdo con los fundamentos expuestos en el exordio del presente.
ARTICULO SEGUNDO: DESE intervención a la Dirección de Personal, el presente acto administrativo al agente municipal, a la Dirección de Deportes, y a la Secretaria de Asuntos Legales a efectos de tomar conocimiento.-
ARTICULO TERCERO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-
SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA INTENDENTE MUNICIPAL
Dr. Martin Arpigiani.- Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni.-