Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº583/20

Decreto Nº 583/20

Hipólito Yrigoyen, 26/06/2020

DECRETO N° 583/20

Visto

La Ley Nº  6789 en su  art. 177 y concs.  y art 35 del Reglamento de Contabilidad, y Disposiciones de Administración del Honorable Tribunal de Cuentas, ordenanza fiscal e  impositiva vigente, y las liquidaciones extraídas de los libros fiscales, suscriptas por el Director de Ingresos Públicos y certificadas por el Contador municipal.

Considerando

Las prescripciones la Ordenanza fiscal vigente en cuanto establece quienes resulta contribuyentes y/o responsables al pago, como así también los deberes de los mismos (art. 5, 14 y conc),

Como así también las prescripciones del misto texto normativo local en cuanto a la obligación al pago de los mismos en relación a cada hecho imponible,  y la vía de apremio como válida para la prosecución del debido cobro, (art. 53, 54 y ss)

Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN  

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO:  PROCEDASE  a realizar Juicio de Apremio a los Contribuyentes detallados a continuación, y de acuerdo a la liquidación de deuda de la tasa por RED VIAL MUNICIPAL, de fecha 23/06/2020, expedida por la Dirección de Ingresos Públicos y certificados por la Contaduría Municipal.- 

 

  •   SR. HUGO SEBASTIAN LAPENA Y OSCAR ABEL LAPENA: la liquidación de deuda  perteneciente a los periodos que comprenden desde la  Cuota 01 del 2015  a la Cuota 06 del Año 2019 la suma de pesos SETENTA Y TRES MIL SESENTA Y SEIS CON VEINTISEIS CTVOS. ($ 73.066,26) Correspondiente a la Circ. V, Parcela 266-s, Partida Inmobiliaria 119-004811 digito 6, Matricula 1388, Imponible Municipal 7714.-

 

  •   SR. ANTONIO DIAZ Y PEDRO DIAZ: la liquidación de deuda perteneciente a los periodos que comprenden  desde la cuota 01 del año 2015 a la Cuota 06 del año 2019,   la suma de pesos SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON SESENTA Y SIETE CTVOS ($ 78.951,67) Correspondiente a la Circ. V, Sección  C, Chacra 17, Parcela 5, Partida Inmobiliaria 119- 003745, Matricula 359, Imponible Municipal 8374.

 

  • SR. HUGO SEBASTIAN LAPENA:  la liquidación perteneciente a los periodos que comprende desde CUOTA 03 del año 2016 a la CUOTA 06 del año 2019, la suma de pesos DOCE MIL NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y TRES CTVOS. ($ 12.094,63), correspondiente a la Circunscripción V, Sección C, Chacra 2, Parcela 5, Partida Inmobiliaria 119-003264, Matricula 4021, Imponible Municipal 8075.-

 

  • SR. HUGO SEBASTIAN LAPENA: la liquidación perteneciente a los periodos que comprende desde CUOTA 3 del año 2016 a la CUOTA 06 del año 2019, la suma de pesos  VEINTITRES MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON SETENTA Y OCHO CTVOS. ($ 23.139,78), correspondiente a la Circ. V, Parcela 264P, Partida Inmobiliaria 119-0004106, Matricula 4055, Imponible Municipal 7683.-

 

  • HUGO SEBASTIAN LAPENA Y OTRO: la liquidación perteneciente a los periodos que comprende desde CUOTA 01 del año 2015 a la CUOTA 06 del año 2019, la suma de pesos  NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTICINCO CON VEINTICUATRO CTVOS. ($ 99.125,24), correspondiente a la Circ. V, Parcela 265-A, Partida Inmobiliaria 119-004818, Matricula 3809, Imponible Municipal 7690.-

 

  • ANTONIO DIAZ Y PEDRO DIAZ: la liquidación perteneciente a los periodos que comprende desde CUOTA 01  del año 2015 a la CUOTA 06  del año 2019, la suma de pesos  SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CATORCE CON SESENTA Y UN CTVOS. ($ 75.314,61), correspondiente a la Circ. V, Sección C, Chacra 17, Parcela 4, Partida Inmobiliaria 119-003744, Matricula 368, Imponible Municipal 8373.-

 

ARTICULO SEGUNDO: DESE intervención a la Secretaria de Asuntos Legales y Seguridad para dar cumplimiento a lo ordenado en el presente. -

 

ARTICULO TERCERO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.-

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                       INTENDENTE MUNICIPAL                                       

                  Dr. Martin Arpigiani.-                                                           Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni.-