Boletines/Trenque Lauquen

Resolución Nº041/2020

Resolución Nº 041/2020

Trenque Lauquen, 30/03/2020

Visto

La necesidad de readecuar y ordenar las distintas modalidades y prestaciones sanitarias y los sistemas de remuneración vigentes a la fecha en el sistema de Salud Municipal y;

Considerando

Que según el Estatuto del Empleado Municipal Ley 11757 – Art 12, se dictaran oportunamente las Resoluciones Nº 161/00, 193/06, 181/07, 348/08, 584/08, 199/10, 432/10, 124/12, 033/13 y 171/15 reglamentando el trabajo por prestaciones, consistente en un número de actos como equivalentes a la jornada de trabajo, actualmente la Ordenanza Nº 4.495/16 – Art. 8, inc. b).-

Que en el transcurso del tiempo es necesario readecuar los valores de las prestaciones para la redeterminación de la equivalencia correspondiente.

Que para ello corresponde el dictado de una nueva norma.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN, en uso de las facultades legales que le son propias:

RESUELVE

ARTICULO 1º: Derogase las Resoluciones Nº 161/00, 193/06, 181/07, 34808, 584/08, 199/10, 432/10, 124/12, 033/13, 171/15, 158/16, 234/16, 034/17, 013/18, 059/18, 089/18, 141/18, 011/19, 063/19 y 179/19.-

ARTICULO 2º: A partir del 1 de Marzo de 2020 se adecuará en los establecimientos públicos de salud del partido de Trenque Lauquen el TRABAJO POR PRESTACIONES (consistente en un número de actos equivalentes a la jornada de trabajo) registrándose las prestaciones realizadas por el profesional.-

ARTICULO 3º: La Dirección del Hospital, mensualmente deberá informar a la Dirección de Recursos Humanos, la rendición mensual o productividad de cada profesional, informando las prestaciones (prácticas, consultas, internaciones) realizadas por el agente a fin de que se controle la equivalencia entre las jornadas de trabajo con las atenciones realizadas, para determinar la retribución mensual que corresponde.-

ARTICULO 4º: La Dirección de Recursos Humanos realizará la equivalencia entre las prestaciones con las jornadas de trabajo mensual establecidas en el Decreto de Designación, produciendo la reducción y/o los adicionales que les correspondiere. Los adicionales serán considerados como extensión extra laboral, las que deberán ser enunciadas en el recibo de sueldo correspondiente.

Se valorizarán las prestaciones informadas por el Establecimiento Asistencial, según lo fijado por el Artículos 5 a 10 de esta Resolución, las que serán equiparadas con las retribuciones establecidas para cada uno de los profesionales. Las prestaciones serán consideradas para la equivalencia a mes vencido (Ejemplo: las prestaciones de octubre con las remuneraciones de noviembre). Se considerarán como retribuciones los establecido en el Artículo 11.-

ARTICULO 5º: De las categorías, definiciones y valores.

Hora extra guardia adicional día de semana

$ 8836

Hora extra guardia adicional fin de semana

$ 10196

Hora extra guardia activa día de semana

$ 17508

Hora extra guardia activa fin de semana

$ 18787

Hora extra reemplazo de guardia medica

$ 5113

Hora extra reemplazo de guardia obstétrica

$ 3247

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados Trenque Lauquen

$ 5113

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados 30 de Agosto

$ 12076

Hora extra guardia pasiva de fin de semana y feriados Berutti

$ 12076

Hora extra guardia pasiva día de semana 30 de Agosto

$ 5113

Hora extra por servicio critico

$ 77036

Hora extra guardia fin de semana y feriados Anestesistas

$ 37521

Hora Extra guardia pasiva Odontólogos

$ 1280

Hora extra comunitaria

$ 313

Consulta ambulatoria

$ 225

Consulta Atención Licencias de Conducir

$ 111

Consulta ambulatoria de Médico especialista en CAPS

$ 278

Interconsulta o Consulta en internación

$ 560

Sesión de Quimioterapia

$ 407

Interconsulta de urgencia

$ 801

Recepción de recién nacido

$ 1236

Trabajo de parto por Obstétrica

$ 2410

Honorarios punción/biopsia dirigida

$ 1042

Adicional Jefe de Servicio

$ 22634

Adicional por función de coordinación Clase A

$ 14430

Adicional por función de coordinación Clase B

$ 8942

Adicional por Servicio

$ 8167

Adicional coordinación Enfermería

$ 10577

Adicional por Circuito Cerrado Hospital

$ 1922

Hora Extra Guardia Pasiva Hospital (Choferes, Instrumentistas, Farmacia, Mantenimiento)

$ 1970

Honoraros CMO (por paciente)

$ 629

Galeno quirúrgico

$ 29,20

Adicional por Dirección de Hospital 30 de Agosto

$ 20311

Adicional por Ruralidad

15 % del Básico

Adicional por Dedicación Exclusiva

30% del Básico

ARTICULO 6º: De los valores de las prácticas profesionales

Kinesiología

Sesión kinesiológica en internación

$ 117

Kinesiología

Sesión Kinesiológica ambulatoria

$ 155

Kinesiología

Sesión kinesiológica en domicilio

$ 211

Terapia Ocupacional

Sesión de Terapia Ocupacional

$ 211

Terapia Ocupacional

Intervención en Institución (x día)

$ 1705

Psicóloga

Sesión de Psicoterapia

$ 343

Anatomía Patológica

Biopsia diferida

$ 1106

Anatomía Patológica

Biopsia inmediata

$ 1435

Anatomía Patológica

Papanicolaou

$ 450

Anatomía Patológica

Biopsia Fetal

$ 5750

Cardiología

Holter ECG

$ 878

Cardiología

MAPA

$ 878

Cardiología

Eco Stress

$ 2680

Cardiología

Ecocardiograma bidimensional

$ 371

Cardiología

Ergometría

$ 908

Cardiología

Ecocardiograma transesofágico

$ 3485

Medicina Nuclear

Perfusión miocárdica

$ 3485

Medicina Nuclear

Centellograma renal

$ 2143

Medicina Nuclear

Radiorenograma

$ 2679

Medicina Nuclear

Centellograma óseo

$ 5402

Medicina Nuclear

Centellograma con infecton

$ 5402

Medicina Nuclear

Centellograma paratiroideo

$ 2008

Medicina Nuclear

Centellograma tiroideo

$ 1201

Medicina Nuclear

Material radioactivo

s/ CEDIM*****

Fonoaudiología y ORL

Consulta

$ 211

Fonoaudiología y ORL

Otoemisiones acústicas

$ 881

Fonoaudiología y ORL

Potenciales evocados auditivos

$ 1745

Fonoaudiología y ORL

Naso y fibrolaringoscopia

$ 1606

Fonoaudiología y ORL

Impedanciometria

$ 479

Fonoaudiología y ORL

Broncosfibroscopia

$ 1738

Fonoaudiología y ORL

Timpanometria

$ 508

Neumonología

Broncosfibroscopia

$ 1857

Neumonología

Espirometria

$ 877

Urología

Uroflujometria

$ 2008

Neurología

ECG bajo sueño prolongado

$ 2018

Neurología

ECG simple o con actividad compleja

$ 881

Neurología

EMG Velocidad de conducción

$ 1197

Neurología

Mapeo Cerebral

$ 1441

Neurología

Polisomnografia

$ 3485

Obstétrica

Trabajo de parto

$ 2947

Gastroenterología

Endoscopia digestiva alta

$ 2551

Gastroenterología

Endoscopia digestiva baja

$ 3064

Gastroenterología

Rectoscopia

$ 407

Gastroenterología

Polipectomia

$ 3066

Gastroenterología

CPRE

$ 19937


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 7º: De los valores de las prácticas de imágenes

Radiología

Pielografia con cortes tomograficos

$ 2143

Radiología

Cistouretrografia

$ 2143

Radiología

Seriada gastroduodenal

$ 2143

Radiología

Colon por enema

$ 2143

Radiología

Histerosalpingografia

$ 2143

Radiología

Densitometría ósea

$ 1874

Radiología

Radiografía panorámica

$ 670

Radiología

Perfil de cráneo

$ 670

Imágenes hospitalarias

Ecografía abdominal completa

$ 438

Imágenes hospitalarias

Ecografía obstétrica ginecológica

$ 314

Imágenes hospitalarias

Ecografía mamaria

$ 314

Imágenes hospitalarias

Ecografía tiroidea

$ 224

Imágenes hospitalarias

Ecografía hepatobiliar

$ 316

Imágenes hospitalarias

Ecografía vesico prostática

$ 225

Imágenes hospitalarias

Ecografía oftalmológica

$ 316

Imágenes hospitalarias

Ecografía testicular

$ 225

Imágenes hospitalarias

Ecografía cerebral

$ 316

Imágenes hospitalarias

Ecografía transvaginal

$ 316

Imágenes hospitalarias

Ecografía renal

$ 316

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Periférico

$ 584

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Periférico 2ª Región

$ 291

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler Cardiaco

$ 424

Imágenes hospitalarias

Eco Doppler general

$ 591

Imágenes hospitalarias

Mamografía

$ 264

Imágenes hospitalarias

Marcación de mama por Mamografía

$ 6170

Imágenes hospitalarias

Día de informe radiológica

$ 1201

Imágenes hospitalarias

Punción guiada por ecografía

$ 9146

Imágenes extra hospitalarias

RMN 1ª exposición

$ 4763

Imágenes extra hospitalarias

RMN 2ª exposición

$ 3807

Imágenes extra hospitalarias

Gadolinio

$ 480

Imágenes extra hospitalarias

TAC Helicoidal

$ 3790

Imágenes extra hospitalarias

Contraste EV

$ 381

Imágenes extra hospitalarias

Contraste oral

$ 283

Imágenes extra hospitalarias

Contraste oral y endovenoso

$ 669

Imágenes extra hospitalarias

Angio TCMS

$ 5706

Imágenes extra hospitalarias

Colangio Resonancia

$ 5706


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 8º: De los valores de los traslados:

Traslado por profesionales médicos traslado a CABA

$ 9646

Traslado por profesionales médicos a La Plata

$ 9646

Traslado por profesionales médicos a Bahía Blanca o Junín

$ 7700

Traslado por profesionales médicos a Santa Rosa

$ 3803

Traslado por profesionales médicos a 30 de Agosto

$ 1627

Traslados por choferes y enfermera a CABA o La Plata

$ 4242

Traslados por choferes y enfermera a Bahía Blanca o Junín

$ 2856

Traslados por choferes y enfermera a Santa Rosa

$ 1423

Traslados por choferes y enfermeras a Berutti

s/ hora extra

Traslados por choferes y enfermera a 30 de Agosto

$ 651

ARTICULO 9º: De los valores de Odontología

Odontología

Consulta

$ 180

Odontología

Restauración simple

$ 235

Odontología

Restauración compuesta

$ 235

Odontología

Restauraciónestética

$ 235

Odontología

Tratamiento de conducto uniradicular

$ 235

Odontología

Tratamiento de conducto multiradicular

$ 303

Odontología

Tarctrectomìa

$ 173

Odontología

Motivación

$ 155

Odontología

Formocresol

$ 155

Odontología

Radiografías

$ 86

Odontología

Extracción simple

$ 180

Odontología

Extracción restos radiculares

$ 180

Odontología

Punción y drenaje

$ 180

Odontología

Frenectomía

$ 180

Odontología

Extracción de retenidos

$ 891

Odontología

Extracción de quistes y tumores

$ 712

Odontología

Prótesis parcial removible superior

$ 891

Odontología

Prótesis completa removible inferior

$ 891

Odontología

Prótesis completa superior

$ 1106

Odontología

Prótesis completa inferior

$ 1106

Odontología

Compostura simple

$ 180

Odontología

Compostura con agregado de un diente

$ 180

Odontología

Compostura con agregado de un retenedor

$ 180

Odontología

Compostura con agregado de diente y retenedor

$ 180

Odontología

Diente subsiguiente

$ 180

Odontología

Rebasado

$ 180

Odontología

Topicación con flúor

$ 180

ARTICULO 10º: De los valores de las prácticas oftalmológicas

Oftalmología

Cirugía de cataratas

$ 22668

Oftalmología

Glaucoma

$ 17441

Oftalmología

Cirugía de estrabismo

$ 22668

Oftalmología

Chalazión

$ 4314

Oftalmología

Pterigion

$ 6973

Oftalmología

Entropion y Ectropion

$ 6973

Oftalmología

Laser de Argón (por ojo por sesión)

$ 3486

Oftalmología

Dacriocistorinostomia

$ 22668

Oftalmología

Inyección de Avastin

$ 6973

Oftalmología

Yag Laser (por ojo)

$ 3486

Oftalmología

Angiografía digital

$ 2438

Oftalmología

Campo visual computarizado

$ 850

Oftalmología

Topografía corneal

$ 850

Oftalmología

Fondo de ojo

$ 212

Oftalmología

Ecometría

$ 1391


 


 

 


 


 


 


 


 


 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 11º: De los valores de las prácticas de anatomopatología

BIOPSIA

CODIGO

HONORARIOS

GASTOS

TOTAL

Biopsia diferida

15.02.01

$ 612

$ 494

$ 1106

Biopsia inmediata

15.02.02

$ 794

$ 641

$ 1435

Papanicolaou

15.02.03

$ 291

$ 154

$ 445

Autopsia neonato

15.02.04

$ 2313

$ 3448

$ 5761

ARTICULO 12º: De los valores del Programa Recreativo de Adultos Mayores

Respecto al programa P.R.A.M. (Programa Recreativo de Adultos Mayores) las horas de actividades no podrán superponerse con la carga horaria de Atención en los Centros de Atención Primaria. El valor de las horas extras se abonarán conforme a la normativa vigente en función de la categoría del agente de salud más un 20% según tabla adjunta.

CATEGORIA

Valor PRAM

1

146

2

136

3

173

4

186

5

200

6

215

7

242

8

289

9

333

El valor de “Hora extra comunitaria” efectivamente realizada y de la hora PRAM no está incluida en la productividad, deben ser registradas e informadas por los responsables de cada CAPS y refrendadas por el Secretario de Salud.

ARTICULO 13º: De los pisos y techos de la productividad

La productividad generada por los profesionales se abonará solo cuando se supere el “piso”. En tal caso, se abonará, junto a su sueldo, antigüedad y demás componentes del salario la productividad generada menos el “piso”. Si la misma superara el techo se abonará el “techo”.

Carga horaria

Piso productividad

Techo productividad

12

13416

16078

24

26838

29524

30

29524

32207

36

32207

35146

48 (ded. excl.)

35146

37574

A modo de ejemplo, un profesional de 30 hs de carga horaria que genera $ 31.000.- cobrara $ 1.476.- como Productividad. Si su productividad fuera de $ 4500.- no cobraría nada en ese concepto y por el contrario, si la productividad fuera de $ 65.000.- cobraría en ese concepto $32.207.-

ARTICULO 14º: Derogase toda norma que se oponga a la presente.-

ARTICULO 15º: Notifíquese a los interesados, a las dependencias que corresponda, regístrese y archívese.-

Dr. Gustavo Andrés Marchabalo
Secretario de Gobierno

Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen