Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5042/2020

Ordenanza Nº 5042/2020

Trenque Lauquen, 03/07/2020

EXPOSICION DE MOTIVOS:

Resulta imprescindible la sanción de una nueva Ordenanza Impositiva para el Partido de Trenque Lauquen, atento la vigente ha quedado gravemente desactualizada por los efectos de la inflación por todos conocida.

Se trata, sin dudas, de una herramienta esencial para un correcto funcionamiento de las finanzas municipales. En tal sentido, se introducen modificaciones de tipo conceptual en el tratamiento fiscal, sin que ello implique crear nuevas tasas, derechos o impuestos, sino solamente adaptando las existentes a los tiempos que corren, eliminando rubros que han perdido vigencia e incorporando otros que la actualidad exige pero, reiteramos, sin alterar la estructura básica en cuanto a la composición de la normativa.

La modificación sustancial es la creación de la Unidad de Medida Impositiva (U.M.I.), módulo que se aplicará a todas aquellas tasas que no tienen ya creado un sistema de actualización periódica, como por ejemplo ya lo posee la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, o bien el Derecho de Ocupación de Espacios Públicos. En rigor de verdad, la gran mayoría de tasas y derechos verán modificados su sistema de cálculo, previéndose su ajuste de manera trimestral a través de una fórmula polinómica consistente en considerar la evolución en el Coeficiente de Variación Salarial (C.V.S.) y en el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (I.P.C.); ambos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC); los que incidirán en un 50% cada uno.

Este cambio así proyectado es de vital importancia para mantener en términos constantes la recaudación de tributos propios y, congruentemente con ello, permitir una proyección presupuestaria que permita, por ejemplo, poder entablar un diálogo con los representantes de los trabajadores municipales en torno a una base cierta de recaudación estimada.

Luego, y como criterio general, el porcentaje de aumento fijo para dar inicio al proyecto, es del 50%, vale decir, por debajo incluso del aumento impositivo anunciado en esferas provinciales para impuestos como el inmobiliario, lo que trasunta la razonabilidad del aumento inicial que se propone y luego el ajuste periódico arriba comentado.

En síntesis, es nuestra intención poner de resalto algunas cuestiones que, resulta preponderante recordar: la estructura de ingresos municipales se divide en dos grandes tramos, uno de ellos es la Coparticipación y el restante es la recaudación de los tributos propios. Sabido es que la Coparticipación es un dato que proporciona el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y, por ende, no podemos influir sobre la misma, sino solamente adaptarnos al flujo de fondos que marca el C.U.D. Es entonces donde adquiere particular importancia contar con una Ordenanza Impositiva ágil y de actualización periódica para, en la conjunción de ambos factores, poder proyectar no sólo los recursos con los que se contará para un determinado ejercicio, sino esencialmente poder prever una política salarial y de prestación de servicios acorde a las necesidades del común.

Por último, es imperioso señalar que la gestión necesita contar de manera urgente con la presente herramienta normativa, con el fin de mitigar los efectos devastadores que ha producido la inflación del año 2019, donde apostamos a que el nuevo Gobierno Nacional acierte con las medidas económicas ya adoptadas y las que seguramente sobrevendrán para, paulatinamente, poder ingresar en un terreno de mayor previsibilidad. (Exp. 6148/12 HCD.)

POR ELLO

LA ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1°.-) Apruébase la Ordenanza General Impositiva, que como Anexo I, se agrega a la presente.

Artículo 2°.-) Derógase la Ordenanza Impositiva N° 4814/18 y sus modificatorias.

Artículo 3°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

SANCIONADA A TRAVÉS DE SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA POR LA ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTE.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Alberto Rodríguez Mera
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1033/2020 – 23/07/2020

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal.

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.

Anexos

Anexo O5042 - E6148 - ORDENANZA IMPOSITIVA 2020

DESCARGAR