Boletines/Hipólito Yrigoyen

Resolución Nº04/2020

Resolución Nº 04/2020

Hipólito Yrigoyen, 30/04/2020

Visto

Que, muchas mujeres están atravesando el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio con quien podría ser su agresor y/o abusador;-

Considerando

Que, es común que los episodios de violencias se vean incrementados y/o intensificados en situación de aislamiento social, siendo más dificultoso poder denunciar o pedir auxilio por parte de la víctima, -

Que, en función de esta situación y entendiendo que el caso de fuerza mayor" no resultaba suficiente como excepción para que las mujeres víctimas pudieran transitar hacia un lugar de denuncia o contención- el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad Sexual de la nación elaboró una resolución para aclarar que durante el aislamiento obligatorio, las mujeres en situación de violencia por motivos de género pueden salir de sus domicilios, solas o con sus hijos. si necesitan protección para realizar tareas pedir ayuda". htts://www.boletinolicial.gob.ar/detalle.-

Que según se nos ha informado, las denuncias se han visto reducidas de manera estrepitosa; lo que se lee como una dificultad a la hora de pedir ayuda y/o denunciar por parte de las víctimas. Ello, hace que los agresores perciban impunidad y seguridad y consecuentemente, aumenten los hechos de violencia.-

Que en este sentido, resulta imprescindible difundir en todos los canales y vías de comunicación para pedir ayuda y/o denunciar la violencia de género. Asimismo, difundir la resolución ministerial que permite a la víctima de violencia y sus hijos poder circular con los fines de denunciar o buscar refugio.-

Que en función de la Pandemia por COVID-19 y la consecuente medida de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio es menester de la Dirección de la Mujer poder actuar en la asistencia a la víctima de manera inmediata con bienes materiales como alimentos. Sin perjuicio de lo que se pueda coordinar con otras áreas de Municipio y dicha Dirección. -

Que por lo expresado podemos afirmar que nos encontramos ante una doble pandemia: el Covid-19 y la violencia de género. Es así que esta preocupante situación nos convoca un nuevo conjunto de desafíos por lo que debemos seguir garantizando y fundamentalmente reforzando medidas de asesoramiento, seguimiento, protección y asistencia a las víctimas. -

Que hoy más que nunca frente a esta situación de estado de alarma, es que necesitamos que el ejercicio de la norma sea sensible a las necesidades y de respuestas efectivas ante las llamadas de las víctimas de violencia de género.-

Que: debido al aislamiento obligatorio, muchos menores realizan la cuarentena en hogares cuyas dimensiones son inadecuadas para mantener distancias necesarias de convivencia, por tal motivo se provoca hacinamiento y en esos casos abusos que no son denunciados por temor, o porque los niños no tienen referentes de confianza, como por ejemplo cuando concurren al colegio o centros de contención.-

Que: Las mujeres, las niñas y los niños están más en riesgo porque la violencia machista tiene más ocurrencia puertas adentro y, en situaciones de crisis, se potencian. La ciudad silenciosa nos permite escuchar los gritos. Para apoyar al Presidente tiene que haber una vigilancia solidaria, tolerancia cero hacia la violencia contra las mujeres, hacia los mayores. Hay que defender ese primer territorio que son los cuerpos”.-

Que: El mensaje para las mujeres debe ser muy claro: “No están solas. No estamos solas”.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPÓLITO YRIGOYEN, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona con fuerza de: -

 

RESOLUCIÓN

 

Artículo 1°)-: REALÍCESE campaña de difusión en redes sociales, medios gráficos, televisivos, radiales, digitales, y de información local, de todas las vías o canales de comunicación disponibles en el distrito para el abordaje de situaciones de violencia de género.-

 

Artículo 2°)-: DIFÚNDASE la Resolución Ministerial N° 15/2020 del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad Sexual, que permite a la víctima de violencia y sus hijos e hijas; poder circular para denunciar, pedir asistencia o trasladarse a un lugar seguro.-

 

Artículo 3°)-: MANTENGASE la campaña de difusión mencionada en el artículo 1° durante todo el plazo que dure la emergencia y/o el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio en cualquiera de sus fases.-

 

Artículo 4°)-: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y CUMPLIDO ARCHÍVESE.-

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN A LOS TREINA DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTE.-

 

 

Dra. Victoria Toledo                                                              Adriana García

    Secretaria                                                                            Presidente

       Honorable C. Deliberante                                                   Honorable C. Deliberante