Boletines/Hipólito Yrigoyen

Resolución Nº12/2020

Resolución Nº 12/2020

Hipólito Yrigoyen, 29/07/2020

Visto

Las actividades realizadas por la Cooperativa de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Henderson Limitada en el marco de la Pandemia Covid-19.

Considerando

Que el artículo 42 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, debiendo las autoridades proveer a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados y al control de los monopolios naturales y legales;

Que mediante Decreto DECNU-2020-260-APN-PTE se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de su entrada en vigencia, la cual aconteció el 12 de marzo de 2020;

Que en el artículo 1 del Decreto DECNU-2020-297-APN-PTE se estableció el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO desde el 20 de marzo hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, pudiéndose prorrogar dicho plazo por el tiempo que considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Que en el artículo 2 del citado Decreto se estableció que las personas deberán permanecer en sus residencias habituales, debiendo abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo sin poder desplazarse por rutas, vías y espacios públicos;

Que quienes se encuentren cumpliendo el aislamiento dispuesto en el artículo 1 del Decreto 297/2020 sólo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos;

Que el artículo 5 instruye a la no realización de eventos culturales, recreativos, deportivos, religiosos, ni de ninguna otra índole que implique la concurrencia de personas;

Que según consta en el artículo 6 quedan exceptuados del cumplimiento del AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO y de la prohibición de circular las personas afectadas a las actividades y servicios esenciales;

Que, en tal sentido y en el marco específico de la EMERGENCIA SANITARIA, se procederá a fin de evitar, no sólo la movilización de los usuarios, sino también del personal que presta servicios esenciales, en pos de proteger la salud de todos ellos, al cierre de la totalidad de la OFICINAS COMERCIALES mientras dure el AISLAMIENTO/DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO; Que, no obstante, cabe hacer saber a los usuarios y, en general, que los servicios públicos afectados continuarán su atención a través de los canales no presenciales;

Que, en el mismo sentido, creemos necesario instruir a la COOPERATIVA DE AGUA Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS DE HENDERSON LTDA. a que sólo dispongan la movilización de los recursos humanos que se requieran para la continuidad de la prestación esencial de los servicios de agua, gas y cloacas en los aspectos técnicos y operativos de sus respectivas redes;

Que siendo este HCD un órgano de contralor del servicio de cloacas, tiene facultades para opinar sobre esta cooperativa y no sobre otras empresas de servicios públicos.

Que ante los casos positivos de COVID-19 confirmados en nuestra ciudad, consideramos importante extremar las medidas para continuar con el AISLAMIENTO y/o DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO;

Por ello, EL CONCEJO DELIBERANTE DE HIPÓLITO YRIGOYEN SANCIONA CON FUERZA DE :

RESOLUCIÓN

 

Artículo 1°)- SOLICÍTESE a la COOPERATIVA DE AGUA Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS DE HENDERSONN LTDA la implementación de un sistema electrónico de atención comercial que permita el pago de los servicios a través de Home Banking, Pago Fácil y otros medios digitales de pago.-

Artículo 2°)- Comuníquese, Regístrese y Cumplido Archívese.-

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE HIPOLITO YRIGOYEN A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTE.-

 

 

 

Dra. Victoria Toledo                                                                  Adriana García

     Secretaria HCD                                                                    Presidente HCD