Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 589/2020
Trenque Lauquen, 01/04/2020
0589-20 Cuota Red Vial 02-20
Visto
La Ordenanza Nº 4.814/18; y,
Considerando
Que la Ordenanza General Impositiva en el Capítulo XII Art. 48 establece que por la tasa por conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal se abonará por mes y por hectárea el equivalente en pesos a 420 gramos de novillo tipo consumo (400 a 420 Kgs.) tomando el precio máximo, promedio de los 4 últimos días hábiles del mes previo al vencimiento, logrado en el Mercado de Liniers.-
Que al momento de ponerse al cobro el tributo, el Departamento Ejecutivo debe determinar el precio del kilogramo de novillo, a los efectos de la aplicación de la Ordenanza Impositiva vigente;
Que el Departamento de Fiscalización ha instrumentado el cálculo dispuesto por dicha norma ascendiendo a la suma de $ 87,15 por hectárea por bimestre.-
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º.- Disponer que a partir del Período 02/2.020 la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, ascenderá a la suma de Pesos OCHENTA Y SIETE CON QUINCE ($ 87,15) por hectárea, por bimestre en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº 4.814/18.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Adm. Y Gestión Tributaria
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen